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Al expresidente regional Ramón Luis Valcárcel se le acaban las posibilidades de eludir el pago de la fianza millonaria -de hasta 74,1 millones de euros- que la justicia le exige en el marco del 'caso La Sal', por su supuesta implicación en una trama relacionada con la desaladora de Escombreras. La Sección Segunda de la Audiencia, en un auto reciente, ha rechazado el recurso que presentó la defensa del exdirigente popular contra la resolución del Juzgado de Instrucción número 1 de Murcia que le ordenaba el pago de ese montante. Contra esta decisión del tribunal ya no cabe recurso, por lo que Valcárcel deberá acometer ese pago o enfrentarse al embargo de sus bienes, aunque el tribunal no fija un plazo para ello y el expresidente tiene ya fijada para el próximo 9 de julio una vista preliminar sobre este caso.
La jueza, en el auto de apertura de juicio oral, hizo suya la petición de la Fiscalía que exigió que se reclamase a Valcárcel la aportación de esa cantidad millonaria, que corresponde al supuesto sobrecoste que supuso la desaladora para la Región. La Comunidad, que ejerce como actor civil en la causa, también exige que las arcas regionales sean indemnizadas en ese montante -74.194.332 euros- que, estima, es la diferencia de coste entre los dos sistemas de adquisición de la planta. En este punto tanto el fiscal como la Comunidad remarcan que el acusado tendrá derecho a exigir al resto de procesados en la otra pieza separada del 'caso La Sal' que asuman una parte proporcional de este montante en base a su responsabilidad. Mientras tanto, sin embargo, el fiscal reclama el embargo de todos los bienes, inmuebles, productos financieros, planes de pensiones, sueldos o pensiones que Valcárcel tenga a día de hoy a su nombre. La justicia otorga un plazo al expresidente pero ordenará el embargo de sus bienes en el caso de que no cumpla con esa obligación.
La defensa de Valcárcel alegó, entre otras cuestiones, la cuantía de la fianza exigida era desproporcionada, irracional y arbitraria. Señaló, además, que la cuantía requerida en concepto de fianza es caprichosa por cuanto ya se está reclamando en el Juzgado de Instrucción 5 de Murcia «consiguiendo así duplicar un supuesto perjuicio millonario de forma ficticia y arbitraria». Este argumento, sin embargo, no ha convencido a la Audiencia «pues la responsabilidad solidaria impone precisamente que cada deudor responda del total de la obligación establecida, dejando a salvo el derecho de repetición el que hubiere pagado contra los demás por las cuotas correspondientes a cada uno».
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