EFE
MURCIA.
Miércoles, 8 de mayo 2019, 08:01
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región ha desestimado el recurso que una empresa de restauración, con local abierto en Cartagena, presentó contra la sentencia que declaró improcedente el despido de uno de sus trabajadores. La empresa lo denunció al considerar que este incumplía sus obligaciones al realizar demasiadas invitaciones a los clientes. El Juzgado de lo Social, en la sentencia que ahora se ve ratificada por el TSJ, declaró probado que las cajas registradoras del establecimiento cuentan con una tecla de invitación, que al ser pulsada supone que el cliente no tiene que abonar nada por los productos adquiridos.
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Según las normas acordadas por la empresa, antes de utilizarla, los empleados deben contar con la autorización de sus jefes. La empresa acusó al despedido de incumplir esa normativa y de conceder invitaciones de forma indiscriminada, lo que se comprobó especialmente en los meses de diciembre de 2017 y enero y febrero de 2018. El TSJ confirma improcedente el despido, por lo que la empresa deberá proceder a readmitir al empleado o a pagarle una indemnización de 21.260 euros.
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