EFE
Murcia
Domingo, 1 de diciembre 2019, 12:01
El Tribunal Superior de Justicia de la Región revocó la sentencia de un juzgado de Cartagena que declaró procedente el despido de una trabajadora. La empleada no se había presentado a su puesto tras estar de baja más de un año porque el alta, que le fue extendida y que ponía fin a la situación de incapacidad temporal, fue finalmente anulada.
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La sentencia de la Sala de lo Social señala que se le concedió la baja médica en julio de 2016. Fue prorrogada 365 días después, aunque en julio de 2017 recibió el alta. Sin embargo, no quedó conforme con la decisión, por lo que no se reincorporó a su puesto. Al comunicar su decisión a la empresa, fue despedida por una grave de ausencia de seis días.
Sin embargo, otro juzgado de lo Social estimó su demanda en marzo de 2018 y declaró indebida el alta médica, lo que conllevó que su inasistencia al trabajo estuviera justificada por encontrarse en situación de incapacidad temporal. Ahora, la sala del TSJ estima que «es absurdo pretender que un empleado que no puede trabajar tenga que ir a cumplir su actividad laboral».
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