EFE
Martes, 12 de febrero 2019, 07:51
La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra una sentencia de un juzgado de lo Penal. Esta lo condenó a nueve meses y un día de prisión por cometer un delito de quebrantamiento de condena al acercarse al domicilio de su expareja para entregarle la pensión por alimentos para los hijos.
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El juzgado, según se recoge en la sentencia de la Audiencia, declaró probado que el apelante fue condenado en agosto de 2017 por un delito de amenazas en el ámbito de la violencia de género. La condena incluía una orden de alejamiento respecto a la mujer. Cuando esa prohibición estaba aún vigente, el acusado se presentó en el domicilio de la misma, que no se encontraba en su interior, para entregar el dinero de la pensión de alimentos de los hijos. Allí fue sorprendido por la madre de la denunciante.
En su recurso, el ahora apelante alegó que no estuvo en el domicilio y, posteriormente, que si lo hizo fue porque no conocía que allí residía ella.
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