EFE
Murcia
Miércoles, 16 de enero 2019, 13:30
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia estimó el recurso que el Ayuntamiento de Águilas presentó contra la sentencia del Juzgado número 1, que anuló la selección de un arquitecto interino al considerar que no se aplicaron las bases de la convocatoria correctamente.
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La sentencia del TSJ indica que el Juzgado de lo Contencioso estimó el recurso que presentó el aspirante no propuesto y anuló la resolución del tribunal calificador que proponía a otro candidato.
Afirma la Sala que el Consistorio aguileño esgrimió en su recurso que la sentencia apelada incurría en desviación procesal y que la misma era incongruente, además de defender la legalidad de todo el proceso selectivo.
La sentencia que ahora se deja sin efecto anuló la resolución al considerar que el tribunal dejó constancia en su acuerdo de la media obtenida con la calificación individual de cada miembro del tribunal, sin recoger expresamente estas de forma individualizada.
La Sala, al estimar el recurso, dice que, «ciertamente, no constan las puntuaciones concretas de cada uno de los miembros del tribunal, pero es una obviedad que la media calificada proviene de las puntuaciones de los mismos».
Y añade que «aunque pueda sostenerse que es más conveniente la constancia de calificaciones individualizadas, la base octava de la convocatoria se refiere a la transcripción; con lo cual, no puede entenderse infringida la base del concurso, que es, desde luego, la norma fundamental a la que debe atenerse la selección».
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