EFE
Viernes, 26 de mayo 2017, 10:19
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado que declaró procedente el despido de un trabajador al que su empresa comunicó que acordaba el cese de la relación laboral por incumplir el horario y salir muchas veces al día a la calle para fumar.
Publicidad
El Juzgado de lo Social al que correspondió el asunto en primera instancia, aunque declaró la procedencia del despido, no consideró probados todos los hechos recogidos en la carta de despido.
Así, en lo referente a la frecuencia con que salía al exterior del lugar de trabajo para fumar, señaló que no pasaban de ocho al día, como decía la empresa, "sino que fueron unas cinco", y en cuanto al tiempo invertido en ello, no se demostró que oscilara entre quince y veinte minutos.
Tampoco consideró probado que se apoderara del número de teléfono de clientes de la empresa ni, tampoco, que se llevara el bote de las propinas.
Por el contrario, sí declaró acreditado que faltó un día al trabajo y en que en otras jornadas no cumplió el horario establecido, por lo que el Juzgado concluyó que era autor de tres faltas graves, lo que supone una muy grave, constitutiva de despido.
¡ÚLTIMOS DÍAS DE OFERTA! 3 meses x 0,99€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.