Pedro Antonio Sánchez, en el Palacio de San Esteban, el 2 de diciembre, valorando el envío de la exposición razonada al TSJ.

El TSJ aprecia indicios de cuatro delitos en Sánchez y lo encamina hacia la imputación

La Sala avala de forma unánime la instrucción e investigará si el jefe del Ejecutivo cometió prevaricación, fraude, falsedad documental y malversación

Ricardo Fernández

Viernes, 3 de febrero 2017, 00:32

De manera unánime y con un lenguaje que no deja resquicio a la duda, los tres magistrados de la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Miguel Pasqual del Riquelme, Julián Pérez-Templado y Enrique Quiñonero, asumieron ayer el 'caso Auditorio' y abrieron de esa forma una investigación contra el presidente del Gobierno murciano, Pedro Antonio Sánchez, por presuntos delitos de prevaricación continuada, malversación de caudales públicos, fraude y falsedad documental. Con esta decisión, el asunto se encamina imparable hacia la citación del político popular en calidad de investigado -figura legal equivalente a la imputación-, lo que sin duda acabará generando un intenso debate político -ayer ya se escucharon los primeros ecos- sobre si debe seguir en el cargo o procede su relevo.

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  • 2 de febrero de 2015

  • Querella

  • El fiscal superior, Manuel López Bernal, presenta una querella contra el exalcalde de Puerto Lumbreras y entonces consejero de Educación, Pedro Antonio Sánchez, por las obras del auditorio lumbrerense. Además imputa delitos a otra veintena de altos cargos y funcionarios autonómicos y municipales.

  • 2 de marzo de 2015

  • Remitida a Lorca

  • La Sala de lo Civil y de lo Penal del TSJ decide, por dos votos contra uno, remitir el caso a un juzgado de Lorca para que impulse la investigación e individualice las conductas delictivas en las que habría incurrido Sánchez. Una decisión que generó una gran polémica.

  • 2 de diciembre de 2016

  • Exposición Razonada

  • La juez Consuelo Andreo envía la causa al TSJ, al apreciar en el presidente de la Comunidad indicios de presuntos delitos de prevaricación, malversación, falsedad y fraude.

  • 2 de febrero de 2017

  • Admisión

  • El TSJ asume el 'caso Auditorio' al confirmar la existencia de esos indicios delictivos contra Pedro Antonio Sánchez.

En el auto, los magistrados avalan sin fisuras la investigación desarrollada a lo largo de un año y medio por la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Lorca, Consuelo Andreo, a la que encomendaron en su día que asumiera el asunto y acabara por «concretar e individualizar los hechos y conductas con relevancia penal que se refieran al aforado»; esto es, al jefe del Ejecutivo autónomo.

Después de tomar declaración a una veintena de imputados no aforados, entre concejales del PP y altos funcionarios del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, arquitectos, abogados y representantes de la empresa constructora del Teatro Auditorio lumbrerense, y tras recabar informes periciales que han permitido consolidar la instrucción, la magistrada remitió el mes pasado al TSJ una exposición razonada en la que relataba los múltiples indicios que había hallado contra Pedro Antonio Sánchez por los cuatro presuntos delitos ya reseñados.

El trabajo efectuado ha cumplido plenamente las exigencias de la Sala de lo Civil y de lo Penal, que en palabras del ponente de la resolución, Julián Pérez-Templado, «en modo alguno podemos acordar que haya incumplido con lo previamente ordenado» por este tribunal. Y añade que ese escrito con el que la juez Andreo ponía término a su labor, «responde puntualmente a las previsiones legales, a la doctrina jurisprudencial fijada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo y a lo que en su día acordó esta Sala».

A partir de ese momento, los magistrados procedieron a analizar si se daban las dos circunstancias elementales que determinan que un procedimiento debe ser asumido por este órgano jurisdiccional: que los hechos relatados tengan apariencia de delito y que, «según una valoración muy provisional, existan indicios o principios de prueba de la participación en ellos de una persona aforada».

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De un lado, constataron que la exposición razonada describe «con prolijidad» una larga serie de «incidencias en los procesos de adjudicación de los proyectos básico y de ejecución, y de licitación y adjudicación del contrato de ejecución de la obra, así como en el desarrollo de las distintas fases de la construcción y recepción» del Teatro Auditorio. Una narración que se acompaña «de una larga y detallada serie de datos y valoraciones indiciarias, que conducen a la instructora a concluir en la presunta comisión por el aforado de delitos de prevaricación continuada, fraude contra la Administración Pública, falsedad en documento oficial y malversación de caudales públicos».

Una argumentación legal de la que ayer se limitaron a constatar su «suficiencia», pues incluye «una expresa y detallada referencia a los hechos resultantes de la investigación», además de «indicar con precisión las fuentes de prueba e indicios que le llevan a atribuir una concreta e individualizada participación en dichos hechos al aforado» y, por último, «señala qué concretos tipos delictivos se estiman cometidos presuntamente por el aforado (Pedro Antonio Sánchez)».

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Varapalo a la defensa

La resolución asesta así un varapalo a los razonamientos de la defensa del presidente murciano, que en sus escritos al TSJ denunciaba que la juez Andreo no había cumplido con el encargo recibido, «al no haber individualizado los presuntos hechos delictivos» atribuidos a Sánchez. La Sala niega que ello sea así y sostiene que «no resulta exigible una más detallada justificación de la calificación delictiva incluida en la Exposición Razonada».

De otro lado, Pasqual del Riquelme, Pérez-Templado y Quiñonero también rebaten el argumento del defensor de Sánchez de que la juez de Lorca no ha concluido la investigación, al haber abierto una pieza separada para investigar el 'destino paralelo' que se dio a la subvención de seis millones, que el Consistorio lumbrerense se había gastado en buena parte antes de iniciarse las obras.

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El tribunal argumenta que ello «ningún óbice supone para la asunción de la competencia por esta Sala», ya que «ambas piezas, principal y separada, pueden ser objeto de instrucción independiente. Y todo ello sin perjuicio de que, si en el curso de las investigaciones que se acometan en esa pieza se atisbara la existencia de indicios o datos que guarden relación con los de la pieza principal, o surgieran delitos conexos, el Juzgado de Lorca lo participe a esta Sala».

En la misma resolución, que puede ser recurrible en súplica en el plazo de tres días, el TSJ designa instructor del 'caso Auditorio' al propio Julián Pérez-Templado, según determina el turno de reparto.

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La asunción de las diligencias se efectúa de forma completa, de manera que la suerte judicial de los otros veinte imputados no aforados pasa a depender del alto tribunal regional.

Tendrá que ser interrogado

Con este auto, la causa sobre presuntas ilegalidades cometidas en la adjudicación y construcción del Auditorio de Puerto Lumbreras se dirige hacia una más que previsible citación de Sánchez en calidad de investigado, con el fin de ser interrogado acerca de su participación concreta en esas supuestas irregularidades. Solo después de la toma de declaración, el instructor determinará si sigue adelante con la investigación u ordena el archivo.

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