Ricardo Fernández
Martes, 9 de febrero 2016, 00:39
Diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público. Esta es una de las peticiones de pena con las que el exalcalde de Murcia por el PP, Miguel Ángel Cámara Botía, se acabará sentando en el banquillo como acusado de prevaricación continuada. Le acompañarán en ese difícil trance dos ex altos funcionarios de la Gerencia de Urbanismo: quien fue su director, Pedro Morillas, y su antiguo jefe de Planeamiento, Joaquín Peñalver, a quienes el Fiscal Anticorrupción, Juan Pablo Lozano, atribuye el mismo delito y para quienes reclama, respectivamente, penas de inhabilitación de diez años y de ocho años y siete meses.
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Ninguno de ellos se juega, pues, penas de prisión, pues la prevaricación no está castigada con la privación de libertad. Pero no es poco lo que está en el aire. Aunque en el caso de Cámara su carrera política parece amortizada en estos momentos, una hipotética condena de inhabilitación le cerraría el paso a cualquier posible retorno y habría que establecer si también le afectaría a la docencia como profesor de la Facultad de Químicas, aunque fuentes consultadas ven improbable esta última opción. Sí lo tendrían peor Morillas y Peñalver, ambos empleados municipales, que habrían cometido los presuntos delitos en el ejercicio de esas funciones.
Estas peticiones de condena del fiscal hallan su justificación en las actuaciones que tanto Cámara como Morillas, y en menor medida Peñalver, realizaron en torno al proyecto urbanístico Nueva Condomina, que impulsó en el norte del municipio el hoy fallecido presidente del Real Murcia, Jesús Samper, y en cuya tramitación se habrían cometido una casi interminable sucesión de ilegalidades, siempre en beneficio del promotor y en contra del interés público.
Así lo sostiene el representante del Ministerio Público en su escrito de calificación provisional, que ayer fue notificado a las distintas partes del proceso y al que La Verdad ha tenido acceso. «El acusado Miguel Ángel Cámara, con la colaboración imprescindible del también acusado Pedro Morillas, decidió directamente todos los aspectos favorables al proyecto Nueva Condomina, removiendo en unos casos, y vulnerando en otros, la legalidad», afirma, para añadir que esas presuntas irregularidades se habrían cometido desde la firma, el 12 de julio de 1999, de un protocolo secreto entre Cámara y Samper hasta el Proyecto de Reparcelación con el que se concluyeron todos los trámites administrativos el 28 de abril de 2004.
Abunda el fiscal en esas imputaciones al señalar, seguidamente, que «Cámara, con la colaboración de los informes de los otros dos acusados, fue adoptando decisiones en el ámbito del proyecto Nueva Condomina, incluso en reuniones oficiosas (con Samper) al margen del procedimiento, anteponiendo conscientemente a la legalidad exigible el afán político de unos y el afán mercantil de otros para obtener un nuevo estadio de fútbol en el marco de un proyecto inmobiliario (...), forzando siempre las interpretaciones normativas del modo más favorable al exigente promotor privado, tanto económica como urbanísticamente, de forma espuria, a fin de no poner en riesgo el truncamiento del proyecto publicitado».
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El Club, fuera de los beneficios
De esta forma, Cámara y Morillas habrían llegado incluso a concebir una solución no contemplada hasta ese momento en la normativa urbanística, denominada opción B, por la que habrían conseguido otorgarle a los terrenos de Nueva Condomina una edificabilidad de 0,63 m2/m2, pese a que el máximo legal se situaba en 0,40 m2/m2. Algo que se tradujo en la posibilidad de construir casi 1.600 viviendas extra.
También relata cómo los acusados le habrían perdonado a Samper la cesión al Ayuntamiento del 10% del aprovechamiento urbanístico, al que estaba obligado por ley, lo que le supuso al promotor un ahorro de casi 58.000 metros cuadrados, con un valor de unos 18 millones de euros. El propietario del Real Murcia se acabó viendo obligado a satisfacer esa cesión, pero no porque el Consistorio se la reclamara, sino a raíz de una sentencia judicial en un proceso promovido por un particular (Metrovacesa).
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Una de las decisiones municipales, atribuida por el fiscal a Cámara, que mayores perjuicio habría tenido para el Real Murcia habría consistido en consentir que todo el proyecto urbanístico hubiera sido puesto por Samper a nombre de sus empresas particulares, y no en favor del club de fútbol, que se vio privado así de los multimillonarios beneficios que el plan habría generado.
«El alcalde -relata el fiscal Lozano- tampoco se preocupó de condicionar a Jesús Samper sobre la subsistencia del Real Murcia, de manera que, obtenido el convenio y el aprovechamiento urbanístico, era libre para poder enajenar las acciones del club a un tercero, manteniendo en su poder el proyecto urbanístico para Sport Management and Proyect (una sociedad de Samper)».
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Y prosigue recordando que «pese a que se estipuló que debía hacerse entrega al Real Murcia de una cantidad por colaboración, ni se fijó cantidad alguna, ni se fijó plazo alguno, dejándolo todo a voluntad de Samper, socio mayoritario de ambas mercantiles: Real Murcia y Sport Management and Proyect».
Con el club deportivo, en suma, «solo se buscó utilizar su nombre para generar empatía social hacia el proyecto», concluye el acusador público, que asegura que «era un negocio urbanístico que necesitaba la imagen del Real Murcia para prosperar».
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Y la oposición del PSOE, entre que no se le aportó toda la información sobre el proyecto y que no quería quedarse fuera de los réditos políticos del proyecto y de la construcción de un nuevo estadio, apoyó con sus votos la recalificación. Una postura «torpe», en opinión de la Fiscalía, pero carente de responsabilidad penal.
Por si todas las decisiones reseñadas -de las que Cámara habría sido el garante- no resultaban ya bastante ventajosas para el dueño del club grana, una vez el nuevo campo de fútbol estuvo terminado el Ayuntamiento le cedió su uso a Sport Management and Proyect por 50 años, como también el del campo de golf municipal que Samper se comprometió a construir. Y pese a que los técnicos municipales advirtieron -aquí sí- de que el promotor debía presentar un aval, fue Cámara quien lo habría dispensado de esa precaución. De tal forma que el prometido campo de golf solo existe hoy en día en «un plano», reseña con ironía el Ministerio Público.
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En su supuesto intento de despejar el camino al proyecto de Samper de cualquier obstáculo legal o de cualquier otro tipo que pudiera encontrarse, el alcalde habría llegado incluso a apartar, y finalmente a destituir, a quien era concejal de Urbanismo en esa época, Ginés Navarro, por haber mostrado sus reticencias.
«La revisión del Plan General, la tramitación del convenio y su aprobación se convirtieron en un trámite formal obligado, que desarrollaba todo aquello que previamente ya habían acordado Samper y Cámara, era un mero ropaje jurídico ineludible», mantiene el fiscal, que insiste en que todo ello no habría sido posible sin los informes de Morillas y, en menor grado, de Peñalver.
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Los tres compartirán banquillo y también el delito imputado. El único contra quien ya no se ha dirigido acusación, lógicamente, es Jesús Samper, recientemente fallecido.
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