Alicia Negre
Lunes, 6 de julio 2015, 12:21
El Tribunal Supremo ha dado carpetazo a la demanda que la Asociación de Memoria Histórica de Cartagena presentó contra la exalcaldesa y diputada nacional, Pilar Barreiro, por incumplir la Ley de la Memoria Histórica al no retirar numerosos bustos, calles y otros símbolos del franquismo que aún perviven en la ciudad. En su resolución, el Alto Tribunal explica que no consta en la denuncia, en la que se imputaba a la exalcaldesa un presunto delito de desobediencia y otro de denegación de auxilio, que se hubiera ordenado a Barreiro «de forma directa y expresa», de acuerdo a esa norma, la retirada de los símbolos de la dictadura de calles, plazas y edificios, ni que ésta se hubiera negado a ello. Estas dos condiciones, concluye, son necesarias para apreciar el delito.
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La Asociación Memoria Histórica de Cartagena recalcó que la existencia en la ciudad de estos símbolos es una «afrenta» y una «vergüenza» y mostró su deseo de acabar con ese «agravio». Con esta demanda -presentada el pasado 14 de abril, una fecha simbólica porque coincide con la jornada de proclamación de la Segunda República-, la organización buscaba que el Ayuntamiento se viese obligado por la Justicia a cumplir con lo establecido en la Ley de Memoria histórica, de 2007. Ésta obliga a los consistorios «a tomar las medidas oportunas para la retirada, en el ámbito de sus competencias, de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura».
La asociación ya acudió a los tribunales para reclamar la retirada del monolito con el yugo y las flechas que sigue en pie en la diputación de La Aljorra, en un lateral de la iglesia. En febrero pasado, miembros de este grupo ciudadano se personaron en el Ayuntamiento y presentaron un escrito antes de acudir a la vía contencioso-administrativa. En su escrito, hicieron ver que no se había hecho nada para quitar de la vía pública el monumento.
El Tribunal Supremo explica que los miembros de la asociación hacen mención en su demanda a la existencia de dos resoluciones contencioso-administrativas, pero recalca que ninguna de ellas fueron dictadas en un proceso concreto contra la exalcaldesa -que ha tenido como abogados a José Pardo-Geijo y Raúl Pardo-Geijo Ruiz-. La organización también recordaba en su demanda la obligación del Consistorio de elaborar un catálogo de los vestigios que aún perviven de la Guerra Civil y la Dictadura, pero el Supremo echa en falta, en este sentido, una mayor concreción.
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El Diario Montañés
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