A.P.
Miércoles, 19 de marzo 2025, 08:00
La lluvia siempre es un agente incómodo para conductores y viandantes. En el caso de los primeros, la visibilidad disminuye, el tráfico se vuelve más peligroso y la conducción puede verse afectada por el estado de la vía, en este caso mojada o incluso encharcada. Para los viandantes, deben ir con la cautela de que los vehículos les vean, cruzar por lugares visibles y adecuados. Pero hay una cosa que todo peatón teme, que un coche pase rápido y le salpique, mojándole toda la ropa.
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Ante esta situación cabe hacerse una pregunta, ¿pueden multar a un conductor que salpique agua a un peatón? El Reglamento General de Circulación, en su artículo 2 asevera que «los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas, o daños a los bienes». Así, ante esta tesitura, el circular rápidamente por un charco cercano a la acera y, por ende, salpicar a un peatón supone un perjuicio o molestia innecesaria a una persona, sobre todo porque puede evitarse circulando a menor velocidad.
De hecho, el artículo 46 señala que el conductor debe moderar la velocidad «cuando pueda salpicarse o proyectarse agua, gravilla u otras materias a los demás usuarios de la vía», por lo que la posible sanción al salpicar a un viandante estaría vinculada a la velocidad, que no fue adecuada para las condiciones que presentaba la vía.
Por lo tanto, salpicar a los peatones es sancionable y la multa prevista por la DGT es de 80 euros. Eso sí, como el artículo en el que se basa habla de «causar molestias o perjuicios innecesarios a las personas», el agente que imponga la sanción deberá especificar el motivo por el que toma esa decisión.
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