Borrar
Varias caravanas en La Azohía, en una imagen de archivo. Antonio Gil / AGM

La diferencia entre acampar y estacionar: la DGT estrena normativa para las autocaravanas

Los usuarios de este tipo de vehículo deben conocer las novedades

LA VERDAD

Sábado, 29 de julio 2023, 09:54

El verano es la época preferida de muchas familias, ya que pueden disfrutar de sus ansiadas vacaciones juntos. Están los que prefieren viajar al extranjero, los que se quedan en las playas españolas o los que quieren recorrer el país de punta a punta con su vehículo. Cada vez está más de moda hacer un viaje en autocaravana, camper o caravana. Este plan suele ser ideal para conocer diferentes lugares durante tus vacaciones. Además, si viajas en caravana puedes disfrutar de una experiencia diferente cerca de la naturaleza.

Aunque esta forma de viajar está muy de moda, algunos tienen serias dudas sobre dónde pueden estacionar su vehículo. En España el turismo recreativo no es bien visto por todos. Generalmente, es a la hora de estacionar o acampar cuando surgen las dudas y los malos entendidos. Para pasar unas vacaciones ideales y alejadas de problemas, lo más recomendable es consultar las normas que regulan este tipo de vehículos.

La novedad de la DGT en la normativa

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aprobado la actualización de la instrucción que regula el uso de las autocaravanas y campers y ha incorporado una diferenciación expresa entre estacionar y acampar estos vehículos. La Asociación Española de la Industria y Comercio del Caravaning ha celebrado esta actualización, ya que esto reducirá «los conflictos por falta de una normativa específica» en el Reglamento General de Circulación.

En concreto, este cambio afectará a la instrucción 08 V-74, que durante 15 años ha sido «referente» para los usuarios. Esta asociación ha recordado que continuará negociando la consecución de una «normativa específica y más concreta» para estos vehículos dentro del Reglamento General de Circulación.

La nueva instrucción busca solventar este problema al diferenciar con claridad el estacionamiento, una maniobra regulada por el Reglamento General de Circulación, y la acampada, actividad regulada por la normativa de Turismo:

Si el vehículo está con el motor parado y en contacto con el suelo únicamente a través de las ruedas (no utiliza patas estabilizadoras ni cualquier otro artilugio de apoyo), no ocupa más superficie que la que invade cuando está cerrado y no emite fluidos ni ruidos al exterior, está estacionado. Por lo tanto, en este caso no tiene «obligaciones diferentes de las que tienen el resto de automóviles de sus mismas características técnicas».

¿Cuándo has estacionado tu autocaravana?

A partir del 11 de julio de 2023, la DGT acepta que estacionar no es acampar. Las autocaravanas tienen libertad de estacionar como cualquier coche bajo estos requisitos (Instrucción PROT 2023/14):

- Si el vehículo, con el motor parado, solo está en contacto con el suelo a través de las ruedas (no se utilizan las patas estabilizadoras ni cualquier otro artilugio, salvo los calzos, previstos por el Reglamento de Circulación).

- El vehículo no ocupa más superficie que la que ocupa estando cerrado, es decir, sin el despliegue de elementos proyectables, sillas, mesas, etc. Este tipo de objetos pueden invadir una superficie mayor que la delimitada por el perímetro del vehículo, entendido como la proyección en planta del mismo.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

laverdad La diferencia entre acampar y estacionar: la DGT estrena normativa para las autocaravanas

La diferencia entre acampar y estacionar: la DGT estrena normativa para las autocaravanas