Dos gatos en una clínica veterinaria. Nacho García / AGM | Vídeo: Verabril Comunicación

¿Tengo que esterilizar a mi perro? ¿Puedo dejar solo a mi gato? Respuestas a las dudas que plantea la Ley de Bienestar Animal

Un curso obligatorio para propietarios de mascotas, seguro de responsabilidad civil, cuándo es necesario esterilizar a un perro... Las principales novedades que plantea una normativa polémica y aún en proyecto

Domingo, 15 de enero 2023, 07:33

Discutida y polémica pese a que aún no ha entrado en vigor y hasta el momento solo se conoce un borrador provisional, la futura Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales está provocando dudas en los propietarios de mascotas; críticas de científicos y ecologistas por, entre otros motivos, primar el cuidado de los gatos callejeros sobre la conservación de la fauna silvestre; indignación en el sector de la caza, que exige su retirada; e incomprensión en los veterinarios, que se quejan de no haber sido consultados por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. La futura normativa plantea novedades como cursos obligatorios para dueños de perros y la prohibición de tener a los animales de compañía en balcones y terrazas, entre otras obligaciones y cambios, como el fin de las camadas en casa.

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«Echamos en falta en el desarrollo de esta ley la participación de los veterinarios, los únicos profesionales con formación universitaria en este ámbito y sin duda los que podrían haber aportado un mayor enfoque científico y empírico. Un claro ejemplo de ello, entre muchos otros que podríamos aportar, sería el de la esterilización obligatoria de hurones que se den en adopción, cuando numerosos estudios de veterinarios especialistas en pequeños mamíferos lo desaconsejan en esta especie porque en la mayoría de los individuos se produce después una enfermedad adrenal que puede ser fatal para los animales», explica a LA VERDAD la presidenta del Colegio Oficial de Veterinarios de Murcia, Teresa López Hernández.

«Un veterinario es un licenciado o un graduado superior, y no hay una titulación superior que pueda impartirnos conocimientos en cualquiera de nuestros ámbitos de actuación, así que no comprendemos la necesidad de una acreditación en comportamiento animal posterior a haber obtenido el título», sostiene la presidenta de los veterinarios de la Región sobre los cursos y evaluaciones que plantea el nuevo texto legal, que no aclara cómo ni quién los impartirá.

«Da la sensación de que la ley pretende imponer una visión sesgada, hacia perros y gatos, e intransigente del animalismo por encima del conocimiento científico y técnico en la materia, que deben aportar veterinarios, etólogos y expertos en biología de la conservación, en una suerte de inesperado y preocupante negacionismo», se lamenta el biólogo Jorge Sánchez, técnico de fauna y proyectos de conservación de la Asociación de Naturalistas del Sureste (ANSE).

El Colegio de Veterinarios ayuda a este diario a aclarar las dudas principales que plantea la nueva ley -tomando como guía el Proyecto de Ley publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 12 de septiembre, último borrador conocido-.

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Curso obligatorio para dueños de perros

Este curso de formación, «gratuito y de validez indefinida», será obligatorio tanto para propietarios de perros (artículo 30) como para dueños de otras especies de animales de compañía (artículo 26). El Ministerio establecerá convenios de colaboración con administraciones públicas para impulsar estos cursos de tenencia responsable (artículo 20), aunque no se aclaran los detalles ni se menciona expresamente a los colegios de veterinarios. «Desconocemos quién y cómo se impartirán. Volvemos a reivindicar que somos la profesión con mayor cualificación al respecto», insiste la presidenta de los veterinarios de la Región.

¿Hay un máximo de mascotas asignadas a un solo dueño?

No se cita en el proyecto de ley una limitación expresa. «Hay que tener en cuenta leyes autonómicas y locales, que siempre pueden ser más restrictivas. En la Región cada vez son más los ayuntamientos que tienen ordenanzas municipales de tenencia responsable y que en la mayoría de casos sí han sido consultadas previamente a su publicación con el Colegio de Veterinarios», explica Teresa López.

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Los perros tendrán que estar cubiertos por un seguro

Será obligatorio un seguro de responsabilidad civil, cuya cobertura se establecerá reglamentariamente (artículo 30).

¿Cuánto tiempo puede estar solo un perro o un gato?

Se prohíbe expresamente «dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos». En el caso de los perros, «este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas» (artículo 27). En el apartado segundo del artículo 28 se excluye a los animales que «suelan estar sin supervisión» porque se utilizan en «actividades específicas y se desenvuelvan de forma independiente y sin la supervisión de la persona titular o responsable de su tenencia», aunque deberán estar equipados con un dispositivo de geolocalización.

Prohibido tener perros y gatos en terrazas y balcones

La nueva ley prohíbe expresamente «mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos» (artículo 27), una práctica especialmente dañina en épocas de calor y en comunidades de la mitad sur de la península.

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En qué casos es obligatorio esterilizar a los perros

Según la ley, solamente será obligatorio en los perros que sean entregados en adopción por entidades de protección animal o por centros públicos. En cualquier caso, sí que será obligatorio evitar la reproducción incontrolada y únicamente podrán criar perros los propietarios registrados como criadores.

Perros peligrosos: la lista negra y el test de sociabilidad

La Ley 50/1999 queda derogada en su totalidad; por lo tanto, desaparece la lista de perros potencialmente peligrosos. Una prueba de sociabilidad evaluará individualmente la peligrosidad de cada perro. «En cuanto a la evaluación de la sociabilidad, no hemos encontrado un desarrollo de cómo va a ser ni por quién se va a realizar. Imaginamos que se desarrollará reglamentariamente, por tanto es complicado valorar su viabilidad de momento. En cualquier caso, volvemos a reivindicar el papel de nuestra profesión como la única con conocimientos universitarios necesarios respecto a animales de compañía», advierte el Colegio de Veterinarios.

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¿Puedo seguir criando en casa animales de compañía?

No. En el artículo 61 se establece expresamente que «la actividad de la cría de animales de compañía solo podrá llevarse a cabo por personas debidamente inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía».

Denuncia de pérdida o robo antes de 48 horas

Los propietarios están obligados a «comunicar a la autoridad competente la pérdida o sustracción del animal en el plazo máximo de 48 horas desde que se produzca; la falta de comunicación dentro del plazo señalado será considerada abandono, salvo prueba en contrario» (artículo 24).

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Perros de caza y trabajo, cetrería y colombicultura

Una enmienda del PSOE a esta ley plantea la exclusión de los animales empleados en actividades deportivas -como las palomas de las competiciones de colombicultura, de gran arraigo en la Región de Murcia-, además de los perros de caza, rehalas, aves de cetrería y animales auxiliares. El Colegio de Veterinarios de Murcia no está de acuerdo: «Consideramos que si se redacta una ley de animales de compañía, ésta debería recoger a todos los animales pertenecientes a una misma especie, ya que no tiene sentido discriminar a individuos de una misma especie dependiendo de su funcionalidad; debería hacerse una ley que sea viable cumplir en todos los casos».

Esterilización obligatoria de todos los gatos

El nuevo texto legal establece la obligatoriedad para los propietarios de «identificar mediante microchip y proceder a la esterilización quirúrgica de todos los gatos antes de los seis meses de edad salvo aquellos inscritos en el registro de identificación como reproductores y a nombre de un criador registrado en el Registro de Criadores de Animales de Compañía» (artículo 26).

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¿Quién es el responsable de las colonias felinas?

La ley deja recaer la mayor parte de la responsabilidad sobre los ayuntamientos, algo que en la Región ya estaba legislado por la ley autonómica 6/2017. El biólogo Jorge Sánchez critica que se plantee «una protección estricta de los gatos y las colonias felinas con el argumento contradictorio de reducir progresivamente su población manteniendo su protección como animales de compañía». Sánchez recuerda la «importante predación» de fauna urbana y silvestre por los gatos domésticos, especialmente preocupante «en las islas».

La lista de animales que no podrán tenerse en casa

La lista «positiva» de animales que se pueden considerar de compañía no está publicada, se encuentra a expensas de un desarrollo reglamentario. Por tanto, se desconoce a qué animales afectará, aunque se prevé la prohibición de algunas especies de aves -como cotorras argentinas-, peces y reptiles invasores.

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Fin de la venta directa en tiendas de mascotas

Perros, gatos y hurones desaparecen de los escaparates de tiendas de animales, excepto ejemplares en adopción mediante acuerdos con protectoras. Solo se permite la venta desde un criador autorizado.

«La ley impedirá que particulares puedan criar especies más allá de periquitos»

El veterinario Javier Santano Esquiu examina a un perro en la clínica Murcia Norte. Nacho García / AGM

«La ley es un despropósito. Lo está siendo en su tramitación y lo es en su contenido», asegura el senador del Partido Popular Juan María Vázquez haciendo valer su condición de doctor en Veterinaria y catedrático de la UMU en Medicina y Cirugía Animal. «Contempla categorías de animales que ni existen ni define el texto legislativo, por lo que la inseguridad va a estar generalizada dada la interpretación jurídica imprecisa», asegura.

«La obsesión en las mal llamadas colonias felinas», mantiene, «tendrá un impacto directo sobre la pérdida de biodiversidad, como está científicamente demostrado. Bien como consecuencia de la pérdida directa de otros mamíferos, aves, reptiles u otros animales; como consecuencia de cruces indeseables, por ejemplo con el gato montés; o bien como vector de transmisión de enfermedades, incluso con impacto en salud pública al poder ser origen de zoonosis y transmisión de enfermedades a las personas».

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«Por otro lado», insiste, «los listados positivos que plantea la ley impedirán que particulares puedan criar especies más allá de periquitos. Esto restringe la costumbre de miles de murcianos de seguir disfrutando de la cría de aves u otras especies». Vázquez alude a las «más de 6.000 alegaciones a las que no dieron contestación alguna ni incorporaron» y al manifiesto «firmado por más de 800 expertos científicos que ha sido obviado por el Gobierno», además de las «más de 650 enmiendas registradas en el Congreso que han sido rechazas sin más».

La diputada regional de Podemos María Marín, también veterinaria de profesión e integrante del equipo redactor del texto normativo impulsado por la Dirección General de Bienestar Animal del Gobierno central, siempre ha defendido la ley como «la reforma legal con más calado en derecho animal que se ha afrontado en la democracia en nuestro país».

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Califica la futura Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales como un «avance necesario» y exige al PSOE la retirada de la «enmienda de la vergüenza» para que los perros de caza puedan beneficiarse de unas mayores garantías legales «y se termine con su maltrato».

Un obstáculo para el estudio y la conservación de especies en peligro

Para el catedrático de Sanidad Animal de la Universidad de Murcia Christian de la Fe, la futura ley, en su redacción actual, puede ser un obstáculo para el manejo de especies con fines científicos. «Sin los conocimientos y condiciones necesarias, no se puede tener cualquier especie en casa, pero el texto actual podría poner en jaque la labor fundamental que realizan muchas personas e instituciones para la cría en cautividad y conservación de determinadas especies, muchas en peligro de extinción, como el urogallo, la cerceta pardilla y un largo etc. Individuos que son incluso utilizados para la reintroducción en la naturaleza, en muchos casos, colaborando directamente con las administraciones y los científicos».

«En la misma línea», añade, «supeditar la labor de los centros zoológicos solo a las especies autóctonas podría limitar el cometido educativo y de conservación que desarrollan. Por ejemplo, desde la UMU colaboramos con otras instituciones nacionales e internacionales, bajo la coordinación científica de la Asociación Europea de Zoológicos y Acuarios, en programas de conservación de gacelas norteafricanas, amenazadas en la naturaleza, para su reintroducción en su hábitat. O, sin ir más lejos, la recuperación del lince ibérico, algo de lo que debemos sentirnos muy orgullosos, que ha requerido del trabajo previo con otras especies. Con la redacción actual, participar en este tipo de programas podría ser muy complejo».

«Es evidente que todos queremos que se respeten los derechos de los animales y que éstos dispongan de las condiciones necesarias para su bienestar. Este tipo de normativas son muy complejas y a mi juicio, difíciles de aplicar, lo que puede resultar perjudicial para el objetivo que se persigue. Podría fomentar, a pequeña escala, la suelta indiscriminada de individuos 'ilegales' en la naturaleza con el impacto que puede ocasionar en la fauna autóctona, y a mayor escala, el comercio y tráfico clandestino«. Habría que seguir trabajando en el texto», propone, «siguiendo el criterio de todas las instituciones y especialistas que pueden aportar su conocimiento».

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