«De todos los delitos que un dirigente político puede cometer pocos hay tan nauseabundos como la compra de un voto bajo la promesa de una oferta de trabajo. Es un delito contra la democracia en el que arteramente se conculca un derecho fundamental de ... nuestra Constitución y se trafica con otro». Con esas frases arrancaba un artículo que escribí en 2011, titulado 'Valcárcel se equivoca', a raíz de la condena de la Audiencia Provincial al exalcalde popular de Fortuna, Matías Carrillo, por la compra de votos por correo. El entonces presidente Valcárcel alegó que Carrillo no tenía por qué irse hasta que el Supremo viera el recurso con el argumento de que tenía derecho a la presunción de inocencia. En ese artículo cuestioné esa decisión política porque cuando hay una condena ya no se puede presumir la inocencia; lo que existe es una culpabilidad probada, en tanto que un tribunal superior no la revoque. Y Carrillo, que debía haberse ido o ser echado en ese momento, se mantuvo en el cargo hasta que el Supremo ratificó la sentencia condenatoria. Todos los casos que estamos conociendo de presunta compra de votos en Melilla, Bigastro, Mojácar, y puede que en Mazarrón también, están en fase de denuncia o de investigación preliminar, luego aquí sí cabría apelar a la presunción de inocencia hasta que no haya decisión judicial. En Melilla, con buen tino, ya ha habido un cese. Lo que de verdad es asombroso es que pasen décadas en España y sigan existiendo lagunas de todo tipo que propician la compra de votos por correo.

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