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Subida del SMI con efecto retroactivo: qué 'extra' debe incluir la empresa en tu nómina

Subida del SMI con efecto retroactivo: qué 'extra' debe incluir la empresa en tu nómina

El Consejo de Ministros aprobó la subida un 4,4%, por lo que queda fijado en 1.184 euros en el caso de estar distribuidos en 14 pagas

Ana de Dios

Martes, 4 de marzo 2025, 07:41

El pasado 11 de febrero, el Consejo de Ministros aprobó la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en un 4,4%, tras el acuerdo alcanzado con las organizaciones sindicales. Esto significa que el SMI queda fijado en 39,47 euros brutos al día, lo que equivale a 16.576 euros brutos anuales, distribuidos en 14 pagas de 1.184 euros cada una. Este incremento supone un aumento de 50 euros mensuales en 14 pagas, lo que representa un total de 700 euros adicionales al año.

El SMI es la cuantía mínima que un trabajador debe percibir como retribución por su jornada laboral. Su regulación corresponde al Gobierno, que lo establece anualmente tras consultar con las organizaciones sindicales y las asociaciones empresariales más representativas. Es importante destacar que este salario mínimo se refiere exclusivamente a la retribución en dinero y está vinculado a la jornada laboral legal establecida para cada actividad. En caso de que la jornada laboral sea inferior a la establecida, la cuantía se percibirá de manera proporcional.

A partir de febrero, los trabajadores deben ver reflejado este incremento en sus nóminas. Sin embargo, es fundamental recordar que esta subida tiene carácter retroactivo, lo que significa que el aumento aprobado por el Consejo de Ministros se debe aplicar desde el 1 de enero de 2025. En consecuencia, las empresas están obligadas a abonar la diferencia correspondiente al mes de enero en la nómina de febrero.

¿Cuánto deberías cobrar en tu próxima nómina?

Los trabajadores que reciben el SMI deben notar un incremento de 50 euros en su nómina mensual. Esto implica que su salario no podrá ser inferior a 1.184 euros brutos si se distribuye en 14 pagas, o a 1.381,33 euros si se percibe en 12 pagas. Además, debido a que la subida no se aplicó en enero, las empresas deben compensar los atrasos con un pago adicional que oscilará entre 50 y 58,33 euros brutos, dependiendo del número de pagas en las que se divida el salario.

No obstante, es importante tener en cuenta que algunas empresas pueden absorber la subida del SMI a través de complementos salariales, como el plus de antigüedad. Esto significa que si un trabajador tiene un salario base inferior al nuevo SMI, pero percibe un complemento que eleva su salario por encima de este mínimo, la empresa podría argumentar que el incremento ya está compensado. En estos casos, no se aplicaría una subida adicional, ya que la retribución total del empleado ya cumple con el nuevo SMI.

¿A quién afecta la subida del SMI?

Este incremento impacta en todos los trabajadores que perciben el salario mínimo, pero especialmente en:

-Quienes no tienen un convenio colectivo, ya que el SMI actúa como referencia mínima en ausencia de acuerdos sectoriales o empresariales.

-Trabajadores con salarios más bajos, garantizando que nadie perciba menos de la nueva cuantía establecida.

-Empleadas del hogar y trabajadores temporales, quienes suelen estar más expuestos a condiciones salariales ajustadas al SMI.

Además, la subida del SMI también puede influir en cotizaciones sociales, prestaciones y ayudas económicas que están vinculadas a esta referencia salarial. Por ejemplo, puede afectar a la cuantía de subsidios por desempleo, prestaciones sociales o ayudas económicas sujetas a límites de ingresos.

En definitiva, la reciente actualización del SMI supone una mejora para miles de trabajadores, aunque su aplicación puede variar en función de la estructura salarial de cada empresa y convenio colectivo. Es fundamental que los empleados revisen sus nóminas y se aseguren de que se aplica correctamente la subida aprobada por el Gobierno.

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