Imagen de archivo de una persona haciendo cálculos. Fotolia

Compraste tu vivienda antes de esta fecha: así puedes seguir desgravando tu hipoteca en la Declaración de la Renta

Estos son los requisitos para que un propietario puede beneficiarse de la deducción por vivienda habitual

Ana de Dios

Domingo, 23 de febrero 2025, 10:10

A partir del próximo 2 de abril comienza la campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, que se extenderá hasta el 30 de junio. Tras completar este trámite, los contribuyentes sabrán si deben pagar a la Agencia Tributaria o si, por el contrario, les corresponde una devolución. Además, al presentar la declaración es posible desgravarse ciertos gastos, como los de la hipoteca, aunque con ciertas limitaciones.

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¿Quién puede desgravar la hipoteca en la renta?

Desde 2013, Hacienda eliminó la deducción por adquisición de vivienda habitual para nuevas compras, restringiendo uno de los principales beneficios fiscales para los propietarios de vivienda. Esto significa que solo quienes adquirieron su casa antes del 1 de enero de 2013 pueden seguir desgravando este concepto en su declaración de la renta. Sin embargo, existen otros gastos asociados a la hipoteca y la compra de vivienda que pueden ayudar a reducir la factura fiscal.

No solo la fecha de compra determina si un propietario puede beneficiarse de la deducción por vivienda habitual. Existen otros requisitos clave:

- El préstamo debe haberse destinado a la compra de la vivienda habitual. Si la hipoteca se amplió para reformas o se trata de una segunda hipoteca con otro fin, ese capital adicional no podrá desgravarse.

- Debe tratarse de un bien inmueble. Si el préstamo se utilizó para adquirir una vivienda móvil u otro tipo de propiedad que no se considera inmueble, no podrá acogerse a la deducción.

- La vivienda debe ser la residencia habitual. Hacienda considera vivienda habitual aquella en la que el contribuyente reside la mayor parte del año. No se incluyen en esta categoría las segundas residencias, como casas de veraneo o inmuebles adquiridos como inversión. Además, la ley exige haber residido en la propiedad al menos tres años. Si el propietario se mudó antes de ese periodo, deberá devolver la deducción aplicada.

Existen algunas excepciones. Un caso común es el de padres divorciados que siguen pagando la hipoteca de la vivienda donde residen sus hijos, aunque ellos ya no vivan allí. En estos casos, Hacienda permite continuar aplicando la deducción.

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¿Cuánto se puede desgravar por la hipoteca?

Los propietarios con derecho a la deducción pueden aplicar un 15 % sobre las cantidades pagadas durante el año en concepto de hipoteca, con un límite máximo de 9.040 € anuales. Esto se traduce en una reducción máxima de 1.356 € en la declaración de la renta.

Este límite se aplica tanto en declaraciones individuales como conjuntas. Por ello, en el caso de matrimonios, suele ser más ventajoso presentar la declaración por separado, ya que cada uno podrá aplicar el 15 % sobre los 9.040 €, alcanzando una deducción conjunta de hasta 18.080€.

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