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Ana de Dios
Miércoles, 9 de octubre 2024, 19:39
Las personas que reciben una prestación del SEPE, además de cumplir con los requisitos estipulados, deben seguir una serie de obligaciones para evitar perder la cantidad que reciben mensualmente. Entre estas obligaciones se encuentran: renovar la demanda de empleo en las fechas y forma indicadas, y participar en los programas de empleo o en acciones de promoción, formación o reconversión profesional que establezcan los servicios públicos de empleo.
Asimismo, la falta de notificación al SEPE sobre cualquier cambio en las circunstancias personales y familiares puede llevar a la suspensión de la prestación. En general, deberás comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), de manera inmediata, cualquier modificación de tu situación respecto al momento en que fue aprobada tu solicitud de prestaciones.
- La colocación a tiempo completo o parcial. El SEPE señala que la consecuencia de no avisar de esto es la pérdida de la prestación por una sanción.
- Si obtienen ingresos que puedan suponer rebasar el límite individual exigido a las personas beneficiarias de subsidio por desempleo, es decir, el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- El cambio de la situación de las personas que componen tu unidad familiar, si puede afectar al requisito de responsabilidades familiares para el acceso y mantenimiento del subsidio por desempleo: colocación o pérdida del trabajo, separación matrimonial, nacimiento o fallecimiento, etc.
- Variación del número de hijos o hijas a cargo que se hayan tenido en cuenta para la cuantía de la prestación por desempleo. Ejemplos: que un hijo o hija cumpla 26 años o que obtenga rentas propias superiores al SMI, de forma que deje de estar a tu cargo, asimismo, el nacimiento o el fallecimiento.
- Variación de tu situación personal cuando estés percibiendo un subsidio por desempleo (matrimonio, viudedad, separación, etc.). Se considerará pareja de hecho la constituida con análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos de un año de antelación, no requiriéndose este requisito en el caso de que existan hijos o hijas en común.
- La incapacidad temporal o la maternidad o paternidad.
- La incapacidad permanente u otra pensión de la Seguridad Social que pueda ser incompatible con las prestaciones.
- El cambio de domicilio, traslado de población, salida al extranjero o salida del ámbito de protección del subsidio agrario si eres una persona trabajadora eventual del Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social.
El SEPE cuenta con una herramienta en la que poder notificar cualquiera de los datos enumerados anteriormente. Para acceder a este servicio es necesario identificarse a través de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña obtenido a través del sistema Cl@ve.
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