Ana de Dios
Viernes, 10 de mayo 2024, 10:14
Desde el pasado 3 de abril es posible realizar la Declaración de la Renta de manera telemática y desde el 7 de mayo por teléfono. Este trámite de carácter anual sirve para que los ciudadanos regularicen su situación con la Agencia Tributaria. Una vez los contribuyentes presenten este documento, se les indicará si se les ha salido a devolver o a pagar. En el primer caso, significará que Hacienda debe ingresar cierta cantidad de dinero, que de las retenciones que se hayan aplicado a su nómina, las deducciones fiscales a las que tiene derecho.
Publicidad
La Administración dispone de seis meses, desde que termina el plazo de presentación de las declaraciones, o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar la liquidación provisional que confirme, o rectifique, el importe de la devolución solicitada por el declarante.
Transcurrido este plazo, si no se ha realizado la devolución por causa imputable a Agencia se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora tributario desde el día siguiente al de la finalización de dicho plazo y hasta la fecha en que se ordene su pago, sin necesidad de que el contribuyente lo reclame.
Según explica la Agencia Tributaria en su página web, de acuerdo con el artículo 103 de la Ley del IRPF, «este importe será, como máximo, la suma de las retenciones efectivamente practicadas, los ingresos a cuenta y pagos fraccionados realizados del IRPF, así como de las cuotas del Impuesto sobre la Renta de no Residentes satisfechas por contribuyentes que hayan adquirido dicha condición por cambio de residencia. Más el importe correspondiente, en su caso, a la deducción por maternidad regulada en el artículo 81 de la Ley del IRPF y/o a la deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo prevista en el artículo 81 bis de la Ley del IRPF».
Debes tener en cuenta que la devolución no es automática, sino que será el contribuyente el que debe solicitarla expresamente por medio del 'Documento de Ingreso o Devolución' modelo 100) que acompaña a los impresos de la declaración propiamente dicha. Este se efectuará a través de transferencia bancaria a la cuenta que el ciudadano indique, aunque puede autorizarse el pago por cheque.
Publicidad
Para saber el estado de tramitación de tu devolución de Renta 2023, accede a los servicios de 'Renta 2023' y entra en tu expediente a través de la opción 'Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)'. Podrás identificarte con certificado o DNI electrónico, con Cl@ve o con el número de referencia. En función de la situación del expediente, aparecerá uno de estos tres mensajes: «Su declaración se está tramitando», «Su declaración está siendo comprobada», «Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted», etc.
Infórmate con LA VERDAD: 1 año x 29,95€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
El pueblo de Castilla y León que se congela a 7,1 grados bajo cero
El Norte de Castilla
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.