Ana de Dios
Miércoles, 10 de abril 2024, 20:57
Desde el pasado 3 de abril se puede hacer la Declaración de la Renta 2023 a través de internet, mientras que para aquellos que quieran realizarla de manera telefónica o presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, el plazo se abrirá el 7 de mayo y el 1 de junio, respectivamente. Para ser atendido por algunos de estos dos medios, los contribuyentes deberán pedir cita previa, por Internet o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
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Además, en estos dos casos será necesario que los ciudadanos tengan a mano una serie de documentos antes de ser atendidos. La Agencia Tributaria, en su página web especifica qué datos son necesarios para poder realizar la Declaración de la Renta.
- DNI original del titular de la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.
- Número IBAN de cuenta bancaria.
- Las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI).
- Autorización firmada por otros declarantes y su fotocopia del DNI (miembros de la unidad familiar o terceros) para realizar y en su caso, presentar la declaración en su nombre.
- Si vives en un inmueble alquilado, necesitas el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler.
- Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: los saldos pendientes de amortizar del préstamo original.
- Con hipoteca: los recibos de los seguros.
- Por donativos: los justificantes, etc.
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- Certificado emitido por el pagador.
- Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria).
- Los gastos de defensa jurídica por litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos.
- Justificantes de ingresos (contratos…) y gastos deducibles (facturas…) por los alquileres de pisos, locales o plazas de garaje de los que sea propietario o usufructuario.
- Certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos en las transmisiones de letras del tesoro, obligaciones o de otros activos financieros, etc.
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- Si has percibido un seguro contratado antes de 31/12/1994, el importe del capital recibido.
- Fechas y escrituras de adquisición y transmisión.
- Importes reales, gastos y tributos de adquisición y transmisión.
- Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida.
- Datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar a fecha de transmisión.
- Fechas y escrituras de adquisición y transmisión.
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- Importes reales, gastos y tributos de adquisición y transmisión.
- Certificados de fondos de inversión.
- Justificante de premios.
- Justificante de subvenciones.
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