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La campaña 2022/2023 de la Declaración de la Renta ya ha comenzado, aunque de momento solo para aquellos que vayan a realizar este trámite a través de internet. Para esta opción debes contar con uno de accesos 'online' a la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Los siguientes según las fechas marcadas por Hacienda son los que vayan a confeccionar la declaración por teléfono. ¿Cómo se hace a través de esta vía? Por un lado, el técnico se puede encargar de realizar por ti el procedimiento y pedirte datos de determinados documentos para rellenar el formulario y por otro lado, puedes utilizar la llamada para preguntar dudas y hacerla mientras desde casa.
Por último, se abre el plazo para quien vaya a hacer la declaración de la renta en las oficinas. Tanto para hacerla por teléfono o como presencialmente debes pedir cita.
A partir del 3 de mayo puedes pedir cita previa a través de:
- Internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia.
- Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24
- App «Agencia Tributaria».
- Teléfono de cita previa para Renta con atención personal: 91 553 00 71 / 901 22 33 44. El horario es el siguiente: de lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
Y desde el 5 de mayo los agentes comenzarán a llamar a los contribuyentes, siempre y cuando cumplan una serie de requisitos, para confeccionar la declaración de la rent. Si finalmente no puedes ir, la Agencia Tributaria avisa de que debes anular la cita con 24 horas de antelación por cualquiera de los canales citados anteriormente.
- Para atenderte por teléfono y presentar tu declaración de Renta debe estar allí la persona o personas titulares (la llamada será grabada). Para poder identificarte, si estas registrado en Cl@ve PIN, deberás tener a mano el móvil que comunicaste al registrarte, en otro caso, deberás obtener antes el número de referencia por internet.
- DNI original del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.
- Número IBAN de cuenta bancaria.
- Las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI).
- Autorización firmada por otros declarantes y su fotocopia del DNI (miembros de la unidad familiar o terceros) para realizar y en su caso presentar la declaración en su nombre.
Debes presentar cualquier justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal. Estos son los casos en los que debes adjuntar este documento:
- Si vives en un inmueble alquilado necesitas el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler.
- Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: los saldos pendientes de amortizar del préstamo original.
- Con hipoteca: los recibos de los seguros.
- Por donativos: los justificantes, etc.
Debes preparar los documentos siguientes si has percibido el tipo de renta o rentas durante el año 2022 por rendimientos del trabajo y no aparecen imputados en los datos fiscales:
- Certificado emitido por el pagador.
- Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria).
- En el supuesto que la colegiación sea obligatoria, el importe de las cuotas satisfechas a colegios profesionales.
- Los gastos de defensa jurídica por litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos.
Debes entregar los documentos siguientes si has percibido el tipo de renta o rentas durante el año 2022 por rendimientos del capital inmobiliario y no aparecen imputados en los datos fiscales:
- Justificantes de ingresos (contratos…) y gastos deducibles (facturas…) por los alquileres de pisos, locales, plazas de garaje…de los que seas propietario o usufructuario. Desde la web puedes descargar un modelo para relacionar todos los datos cumplimentados.
- Certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos en las transmisiones de letras del tesoro, obligaciones o de otros activos financieros, etc.
- Si has percibido un seguro contratado antes de 31/12/1994, el importe del capital recibido.
- Escrituras de compra y de venta.
- Fechas de adquisición y transmisión.
- Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
- Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida.
- Datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar a fecha de venta.
En caso de que las ganancias y pérdidas patrimoniales sea por por ventas de acciones, inmuebles u otros bienes, fondos de inversión, premios, subvenciones etc, debes llevar los siguientes documentos:
- Escrituras y/o documentación acreditativa.
- Fechas de adquisición y transmisión.
- Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
- Certificados de fondos de inversión.
- Justificante de premios.
- Justificante de subvenciones.
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Para la regularización por devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo tienes que llevar los siguientes documentos:
- Certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas.
- Declaraciones de ejercicios no prescritos en los que se practicó deducción por vivienda habitual, o se incluyeron dentro de los gastos deducibles de rendimientos de actividades económicas o capital inmobiliario.
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