El cambio de titularidad es un trámite habitual cuando se compra un vehículo de segunda mano. Si cumples con los requisitos para realizar la transferencia podrás hacerla a través de la Sede Electrónica. Sin embargo, esta vía online no está disponible en caso de ... divorcio, herencia o donación. Debido a sus particularidades la presentación telemática se tiene que hacer en el Registro de la Administración General del Estado (AGE) o presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico.
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Si te encuentras en alguno de estos casos, debes prestar atención a las características especiales de cada trámite, que explican desde la Dirección General de Tráfico (DGT).
Como consecuencia de una ruptura, separación o divorcio, puede ser que el acuerdo al que se haya llegado, sea acuerdo mutuo o por resolución judicial, incluya el cambio de titularidad de alguno de los vehículos que tuviera la pareja. Para realizar el cambio de titularidad del vehículo en estos supuestos excepcionales debes aportar un documento acreditativo del acuerdo de la ruptura, separación o divorcio en los que se incluyan los datos del vehículo que cambia de titular: la sentencia judicial o el convenio regulador.
También debes abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (IPT). Para justificar el pago debes presentar el modelo modelo 620 o modelo 621 según corresponda, en la comunidad autónoma en la que tengas tu domicilio fiscal.
Cuando se trata de un vehículo proveniente de una herencia por fallecimiento del titular, para poder cambiar la titularidad del vehículo debes rellenar y firmar declaración responsable de cambio de titularidad por fallecimiento de un vehículo que certifique que eres heredero único. Posteriormente, debes pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) y conservar el justificante de pago, exención o no sujeción del impuesto.
Una donación de un vehículo a un familiar o conocido es un caso especial de venta a coste cero. En este caso, el cambio de titularidad requiere entregar un documento o contrato de la donación. Deben aparecer en él, como mínimo, los siguientes datos:
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- Datos del comprador: nombre y apellidos o razón social y su DNI/NIE/CIF.
- Datos del vendedor: nombre y apellidos o razón social y su DNI/NIE/CIF.
- Datos del vehículo: marca, modelo y matrícula.
- Fecha y hora en la que se firma el contrato.
También debes abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), que se debe pagar en la comunidad autónoma de la persona que va a recibir el vehículo.
Una vez que has realizado los trámites previos especiales para cada caso, los pasos a seguir son los mismos si se trata de un divorcio, herencia o donación.
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- Compra y descarga el justificante de la tasa correspondiente. El coste del trámite para ciclomotores es de 27,85 euros y la tasa es la tipo 1.2. El precio para el resto de vehículos es de 55,70 euros y la tasa es la número 1.5
- Rellena los datos de tu solicitud en el Registro Electrónico. Para su acceso necesitas tener certificado electrónico o usuario y contraseña en el sistema Cl@ve.
- Adjunta los documentos requeridos.
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- Registra tu solicitud y conserva el justificante.
- Una vez recibida y tramitada tu solicitud te informarán de la resolución.
En caso de elegir la vía presencial, debes pedir cita previa por internet o llamar al 060 para entregar toda la docuementación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico.
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