Ana de Dios
Lunes, 15 de enero 2024, 08:51
2024 llega con varias novedades que afectarán a las cuotas y bases de cotización de los los autónomos. Ya el pasado 1 de enero de 2023 hay un nuevo hay un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia. Una reforma del Régimen General de Trabajadores Autónomos que se desplegará de manera paulatina entre 2023 y 2025 para el que se han diseñado quince tramos que determinan las bases de cotización mínimas y máximas, así como las cuotas en función de los rendimientos netos.
Publicidad
Para que los autónomos pudieran notificar este cambio se habilitó a través del servicio 'Modificación de datos de trabajo autónomo' de Importass la posibilidad de comunicar los rendimientos, una opción que tenía fecha límite hasta el 31 de octubre. Sin embargo, para aquellos que no hayan realizado este trámite, a partir de 2024 se llevará a cabo la regularización de las cuotas.
El pasado 20 de diciembre, el Ministerio de Inclusió, Seguridad Social y Migraciones sacó a audiencia pública la orden por la que se regulan las las bases y normas de cotización para el próximo año.
A partir del 1 de enero la base máxima de cotización, sin tener en cuenta los rendimientos netos, será de 4.720,50 euros al mes, es decir que no podrán cotizar por encima de esa cantidad ni pagar más de 1.477,52 mensuales. Por otro lado, La base mínima para los que menos ingresan en será 735,3 euros al mes y no podrán pagar una cuota de menos de 230 euros.
Los tipos de cotización son el porcentaje que determina la cuota que va a pagar cada autónomo según la base que tenga asignada. Para 2024, este tipo se verá incrementado un 0,1% para, por el incremento del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, pasando del 31,2% de 2023 al 31,3%. Esta subida afectará a todos los trabajadores por cuenta propia, ya que se aplica en cualquier base.
A partir de enero, el tipo aplicable a la base de cotización será también del 31,3%. Por lo tanto, la cuota mínima de los autónomos colaboradores en 2024 pasará a ser de 313 euros al mes. Para que esta base se aplique, «tendrá que acreditar que ha estado más de 90 días en la actividad».
Publicidad
El artículo 16 de la orden de bases de cotización para 2024 establece que «los familiares del trabajador autónomo incluidos en el RETA, no podrán elegir una base de cotización mensual inferior a 1.000 euros durante el año 2024, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria séptima del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio».
Todos los trabajadores por cuenta propia que estén más de 90 días que sean autónomos colaboradores o estén vinculados a una sociedad o tendrán una base mínima de cotización de 1.000 euros al mes a la Seguridad Social.
Publicidad
La norma establece que los autónomos dedicados a la venta ambulante con los siguientes CNAEs, podrán elegir una base que suponga el 77% de la mínima general. Es decir, podrán cotizar por una base de 565,95. Esto daría una cuota de de 177,14 euros al mes:
Además, los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado dedicados a la venta ambulante que hayan quedado incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) tendrán derecho, durante 2024, a una reducción del 50% de la cuota a ingresar.
Publicidad
También tendrán derecho a esa reducción los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado dedicados a la venta ambulante que hayan iniciado su actividad y hayan quedado incluidos en el citado régimen especial a partir del 1 de enero de 2009.
Infórmate con LA VERDAD: 1 año x 29,95€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.