Junta Autonómica de la Región de Murcia del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España. CR

Registradores, un servicio público esencial y cercano a los ciudadanos

El acierto de los principios rectores ha convertido al sistema registral español en referente mundial

EFQ.

Domingo, 26 de marzo 2023, 12:12

El Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, creado por decreto de 18 de mayo de 1934, es una Corporación de Derecho público, con personalidad jurídica propia para el cumplimiento de sus fines, que se rige por la ley de Colegios Profesionales y la legislación hipotecaria. Esta normativa se completa con los Estatutos Generales aprobados por Real Decreto 1483/1997 de 14 de abril, que sustituyeron al reglamento de 1958, con objeto de adaptar su regulación a la Constitución Española y a la configuración territorial del Estado. Ello supuso la creación de los distintos Decanatos autonómicos, erigidos para conseguir una institución más próxima y cercana a los ciudadanos.

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La creación de los Registros de la propiedad, hace ya más de 160 años con la promulgación de la primera Ley Hipotecaria, era, como su propia Exposición de motivos afirma, urgente e indispensable; las leyes hasta entonces vigentes «no garantizan suficientemente la propiedad, ni ejercen saludable influencia en la prosperidad pública, ni asientan sobre sólidas bases el crédito territorial, ni dan actividad a la circulación de la riqueza, ni moderan el interés del dinero, ni facilitan su adquisición a los dueños de la propiedad inmueble, ni aseguran debidamente a los que sobre esta garantía prestan sus capitales».

Y estas previsiones no pudieron ser más certeras, ya que la consecución de estos anhelados objetivos, que la legislación hipotecaria propició, ha sido determinante en el extraordinario desarrollo económico y social que ha experimentado nuestra nación. Además, el acierto de sus principios rectores ha convertido al sistema registral español en referente mundial, al hacer irreivindicable la propiedad adquirida conforme a lo que publican los asientos del Registro.

La eficacia del Registro lo ha configurado como un instrumento esencial para dar cumplimiento a los intereses que el legislador ha considerado dignos de protección

De esta forma, ha sido la propia eficacia del Registro, asentada en el control de legalidad que la calificación registral implica, la que lo ha configurado como un instrumento esencial para dar cumplimiento a determinados intereses que el legislador ha considerado dignos de especial protección. Del mismo modo, su utilidad ha propiciado que su inicial ámbito de aplicación, incardinado en el ámbito del derecho privado y vinculado fundamentalmente a la satisfacción de intereses patrimoniales particulares, propios de su liberalismo inspirador, se haya expandido extraordinariamente.

Así, se ha dado acceso a los libros del Registro a la inscripción de los bienes de la Administraciones públicas, a las ejecuciones judiciales de bienes, a los procedimientos de apremio, al planeamiento, a las licencias, a la restauración de la legalidad urbanística infringida, al control del fraude fiscal y del blanqueo de capitales, a la defensa del medio ambiente y del dominio público, incluso del no inscrito, a la conservación del patrimonio histórico-cultural o a la protección de los consumidores y usuarios.

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Es también un fiel colaborador de las Administraciones tributarias, impidiendo el acceso al Registro de todos aquellos actos y contratos que no hayan sido debidamente liquidados de impuestos. Asimismo posibilita, con la introducción del sistema de bases gráficas, la coordinación catastral y la incorporación de todas las limitaciones derivadas de la información territorial que afectan a un inmueble, por razón de su emplazamiento, con el fin de que puedan ser conocidas por todos.

Además, el Registro está preparado para dar respuesta a las demandas de una sociedad moderna y dinámica. Las competencias asumidas en materia de conciliación, que permiten asumir la resolución extrajudicial de controversias por profesionales del derecho de enorme cualificación o la reciente creación de los puntos de atención al emprendedor en los Registros Mercantiles, con el fin de facilitar la constitución de nuevas empresas y el inicio de su actividad, así lo confirman.

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«El Registro está preparado para dar respuesta a las demandas de una sociedad moderna y dinámica»

Igualmente, los nuevos retos motivados por la incorporación de las nuevas tecnologías, con la inminente implantación del Registro electrónico y el acceso telemático al mismo, motivan a los profesionales del Registro para seguir en vanguardia. Ello, sin olvidar las labores de información y asesoramiento que viene realizando a diario y de forma presencial en las más de mil oficinas registrales repartidas por todo el territorio español, garantizando de esta forma el mantenimiento de un servicio público esencial y la igualdad de condiciones de acceso al Registro para todos los interesados.

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