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EFE
Jueves, 9 de enero 2014, 02:31
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha condenado al Ministerio de Justicia y a la Tesorería General de la Seguridad Social a llevar a cabo las actuaciones necesarias para reparar los perjuicios causados a una jueza sustituta por la que no se cotizó durante tres años.
La sentencia señala que la demandante ejerció esa función en distintos órganos jurisdiccionales de la Región durante once años y siete meses, entre julio de 1985 y agosto de 2008. Sin embargo, al observar que en el certificado de la Gerencia de Justicia aparecían como trabajo realmente desarrollado tres años más de los que figuraban en la Seguridad Social procedió a presentar un recurso de alzada, que fue desestimado por la dirección provincial de la Tesorería General.
Fue entonces cuando acudió a los tribunales con una demanda en la que expuso que la propia Tesorería tenía constancia de la prestación efectiva de servicios, y el hecho de que la dirección general de Relaciones con la Administración de Justicia no cumpliese con su deber de cotizar no podía suponer una ausencia de reconocimiento del trabajo realizado y de la cotización a efectos de futuras prestaciones.
El Tribunal Superior de Justicia dice en la sentencia, en la que le da la razón, que «la administración de Justicia, al ser consciente de las irregularidades que a lo largo de los años se han producido con carácter general, está procediendo a subsanar los errores y a la regularización de la vida laboral de los jueces sustitutos». La Sala indica, por otro lado, que en 2006 fue modificada la normativa que regía hasta entonces y que exigía para los jueces y fiscales sustitutos el desempeño ininterrumpido de sus funciones durante más de un mes para quedar integrados en el régimen general de la Seguridad Social.
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