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EFE
Miércoles, 11 de diciembre 2013, 02:02
Una madre condenada por no pagar la pensión por alimentos a sus hijos, alegó en el recurso que planteó ante la Audiencia Provincial, que ha sido desestimado, que no pudo afrontar esta obligación por estar en la indigencia y haber tenido otro descendiente con su nueva pareja.
La sentencia recoge que un Juzgado de lo Penal de Lorca condenó a esta mujer a la pena de diez meses de multa, con una cuota diaria de dos euros, por un delito de abandono de familia. Dicha resolución fue apelada ante la Audiencia, que posteriormente ha confirmado el primer fallo.
En su apelación, la mujer señaló que si no había pagado la pensión por alimentos fue debido a la falta de recursos económicos y a que, además de tener otro hijo con una nueva pareja, convive con ella otro descendiente del denunciante. Al desestimar el recurso, la Sala, expone que «la creación de nuevos vínculos familiares o afectivos no le libera de compromisos y prestaciones económicas anteriores a favor de lazos generacionales preexistentes».
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