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EFE
Viernes, 1 de marzo 2013, 02:14
La Audiencia Provincial de Murcia ha dicho, en una sentencia que desestima el recurso que presentó un hombre que demandó a su vecina por los ruidos que producían los aparatos de aire acondicionado, que no se puede ser exigente contra estas molestias porque Murcia es una Región calurosa que registra «altas temperaturas en el estío».
La sentencia indica que el juzgado desestimó íntegramente la demanda presentada contra la vecina, por lo que el demandante presentó el oportuno recurso de apelación ante la Audiencia. En su apelación, señaló que, en contra de lo señalado por la resolución del juzgado, había aportado pruebas suficientes para acreditar las molestias que causaban los aparatos de aire acondicionado colocadas en la vivienda vecina.
El tribunal da por hecho que los aparatos de aire acondicionado producen ruidos y vibraciones, para añadir luego que lo que se trata determinar es si los mismos son de entidad suficiente y alcanzan los niveles prohibidos por la legislación. «Debe entenderse igualmente que se trata de unos aparatos de aire acondicionado que se usan en verano, tratándose de un sistema de refrigeración muy extendido en esta zona de España y que tiene su ámbito de aplicación habitual en verano, por las altas temperaturas de la Región de Murcia en el estío».
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