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F. CARRERES
Martes, 26 de febrero 2013, 01:43
La agresión contra su profesor va a salirle cara a un alumno de 16 años del instituto Mar Menor de San Javier, condenado a seis meses de internamiento en un centro de menores por atentado a la autoridad. Se trata de la primera sentencia que califica la agresión de un alumno a un profesor como atentado a la autoridad. Si bien sí hay fallos anteriores que reconocen al profesor como autoridad pública, en todos los casos las agresiones fueron protagonizadas por los padres u otros familiares, pero no por el propio estudiante.
La agresión se produjo en febrero del pasado año. El estudiante había protagonizado una pelea con otro compañero, y cuando su profesor de Secundaria le requirió para amonestarle, el estudiante se levantó del suelo, reventó de una patada el marco de la puerta del aula y golpeó el cristal. Después entró de nuevo en clase, agarró con la mano ensangrentada a su profesor por el cuello y le amenazó: «No se te ocurra volver a ponerme una amonestación». Después empujó al docente, que quedó muy afectado por el suceso. De hecho, el profesor pasó varios meses de baja por depresión y ahora imparte clases en otro instituto. El alumno y sus padres se enfrentan también a la demanda de responsabilidad civil por los daños psicológicos ocasionados al docente. El estudiante ha sido condenado a seis meses de internamiento en régimen semiabierto, el último en libertad vigilada, y al pago de las costas.
El Sindicato Independiente de Docentes (SIDI), que se personó en el juicio como acusación particular, se mostró ayer muy satisfecho con la sentencia por varias razones. En primer lugar, porque la juez considere autoridad pública al profesor, a pesar de que cuando ocurrieron los hechos aún no estaba en vigor la Ley de Autoridad Docente, que otorga de forma explícita ese estatus a los profesores. El rango de autoridad permite a la Fiscalía perseguir de oficio los delitos contra estos funcionarios públicos, lo que viene a reparar la indefensión que dicen padecer los docentes en casos de agresiones por parte de los alumnos o sus padres. El estatus de superioridad es equiparable al que ostentan las fuerzas de seguridad o el personal sanitario.
Sin embargo, la agresión del estudiante de San Javier se produjo antes de que la normativa regional entrara en vigor, pero el Ministerio Fiscal decidió calificar los hechos como un presunto delito de atentado a la autoridad, penado por los artículos 550 y 551 del Código Penal. El presidente del sindicato, Luis Alberto Prieto, destacó también la dureza de la pena. «Si el alumno, en vez de menor, hubiera sido mayor de edad, la pena habría sido la de prisión». SIDI anunció además que se personará como acusación particular en «todas las agresiones a los docentes de esta Región de las que tenga conocimiento, para que sean castigadas con la máxima dureza y se consideren atentado a la autoridad». El sindicato criticó que la Consejería de Educación no se personara como acusación particular en el procedimiento «para defender al funcionario agredido».
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