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LA VERDAD
Viernes, 5 de agosto 2011, 09:54
Los límites entre Pilar de la Horadada y San Pedro del Pinatar, o lo que es lo mismo, entre las comunidades autónomas de Valencia y Murcia, han quedado claros definitivamente. La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento murciano de San Pedro del Pinatar contra el deslinde con respecto al Pilar de la Horadada (Alicante), lo que hace mantener como hasta ahora la línea divisoria entre la Comunitat Valenciana y la Región de Murcia.
Según un comunicado de la Diputación Provincial de Alicante, la sentencia de la Audiencia Nacional tiene fecha del pasado 9 de junio.
De esta manera, se da la razón a Pilar de la Horadada frente a las pretensiones de San Pedro del Pinatar en la disputa de unos 430.000 metros cuadrados que discurren por una vereda de ganado y que, a su vez, separan las comunidades autónomas de la Comunitat Valenciana y la Región de Murcia.
En octubre de 2009, el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino se apoyó en un acta de deslinde fechada en 1756 para cerrar un contencioso iniciado tres años antes cuando el entonces alcalde de San Pedro, el popular Pedro José Pérez Ruiz, fue acusado de invadir ilegalmente los lindes de Pilar de la Horada con la colocación de varios mojones.
El Ayuntamiento de Pilar de la Horadada llegó a crear una comisión de deslinde formada por técnicos municipales, de la Diputación y de la Generalitat y otra de especialistas de la Universidad de Alicante para documentar su defensa, que finalmente hizo valer sus tesis frente a las murcianas mediante la realización un extenso trabajo al aportaron un documento que se guardaba en el Archivo Histórico de Orihuela y que ha sido clave en el proceso.
El Ministerio avaló la postura de Pilar de la Horadada al establecer que la línea divisoria entre los términos municipales debía ser la Vereda Real de Ganados del Reino. Así, rechazó el argumento del consistorio murciano que, en base a otra acta de deslinde posterior, de 1897, apuntaba que el territorio se debía dividir entre los mojones primero y segundo mediante una línea recta y no por la sinuosa vereda. Ante aquella resolución del Ministerio sólo cabía interponer un recurso en la Audiencia Nacional antes de cerrarse la vía administrativa, y que ahora ha sido desestimado.
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