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REGIÓN MURCIA

La Audiencia se niega a aplicar la ley de malos tratos a un hombre que abofeteó a su hija de 18 años

Los jueces creen que el padre «trataba de guiar por mejor camino» a la chica, que no respetaba el horario de regreso al domicilio, sólo había aprobado una asignatura, había falsificado las notas y amenazaba con irse de casa

EFE

Sábado, 14 de julio 2007, 15:26

La Audiencia Provincial de Murcia acaba de dictar una sentencia en la que ha confirmado la decisión que, ya en mayo del 2005, dictó un juzgado de lo Penal de Murcia, cuyo titular condenó por una falta y no por delito a un hombre que dio una bofetada a su hija. El padre actuó de esa forma porque la menor tenía un mal rendimiento escolar, no respetaba los horarios de regreso al domicilio por las noches y porque le había dicho además que se iba a ir de casa.

Afirma la Sala en su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Montalbán, que «no se adivinan en absoluto en la conducta y actitud del padre los rasgos del maltratador», por lo que se niega a condenarle como autor de un delito, como pidió el letrado de su hija. Hay que recordar que la Ley sobre Violencia de Género no sólo afecta a los casos de maltrato conyugal, sino también a los que se producen de padres a hijos o incluso a ancianos.

El tribunal admite los hechos que el Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia dio por probados y según los cuales el incidente se produjo en el domicilio familiar, ubicado en la Urbanización Altorreal, en Molina de Segura.

La bofetada se la asestó el padre en el transcurso de una discusión «por no respetar la joven, de 18 años de edad, las reglas de prohibición del uso del teléfono móvil y de limitación de la hora de regreso al domicilio tras sus salidas nocturnas».

La Sala afirma asimismo que el padre estaba descontento por las frecuentes ausencias de su hija al instituto y «por su falta de aprovechamiento escolar, ya que repetía curso, sólo había aprobado una asignatura y había falsificado calificaciones». Durante la discusión, el acusado, del que no se ha facilitado identidad, «le dio una bofetada al decirle su hija que pretendía irse de casa».

El juzgado lo condenó a cuatro días de localización permanente por una falta de vejación injusta, condena que la Audiencia Provincial confirma ahora plenamente al desestimar el recurso presentado por la defensa de la joven, que pidió fuese condenado por un delito de maltrato en el ámbito familiar.

El acusado, dice la Sala, «trataba de guiar a su hija por el camino que considera mejor para ella, y nada tiene de extraño que un padre se disguste gravemente ante la actitud de ella, alejada de las pautas ordenadas de conducta que trata de imponer y que culmina con el engaño relativo a las calificaciones escolares y, finalmente, con el desafío» de irse de casa.

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