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ARTÍCULOS

La mediatización de la Justicia

JUAN MARTÍNEZ MOYA

Domingo, 1 de julio 2007, 02:59

Que se haga justicia! En forma de anhelo silencioso o grito desgarrado, los ciudadanos acuden diariamente a los jueces y tribunales para que se reconozcan o protejan sus derechos. La confianza de la sociedad en la justicia crece, y así se refleja en un estudio de Metroscopia, en el que los tribunales de justicia alcanzan una nota media de 5,9, frente al 4,5 que obtenían en el año 2005. No se trata de caer en la autocomplacencia. En la imagen de la justicia hay lugares comunes de crítica: justicia lenta, poco accesible, desconcertante, despersonalizada, ininteligible. Son zonas de sombra que apenas de manera perceptible van cediendo a espacios con luz. La aspiración y meta constante es, por tanto, hacer efectiva una justicia que goce de credibilidad, que sea garante de la Democracia, tuteladora de derechos, que se imparta por jueces preparados, con un nivel de imparcialidad e independencia incontestables. La implantación de un sistema que responda a tales principios es responsabilidad principal de muchos (los tres Poderes por supuesto, y sus operadores jurídicos como gestores) y cometido de todos los ciudadanos.

Los avances, pese a las innumerables deficiencias e imperfecciones, hay que ponerlos de manifiesto, deben transmitirse. La valoración positiva de la encuesta reseñada en buena medida integra la política de comunicación iniciada por el Consejo General del Poder Judicial en el 2005, que ha logrado a través de los Gabinetes de Comunicación de los tribunales Superiores de justicia imponer el principio de transparencia y permitir que el Poder Judicial sea percibido por la ciudadanía como un Poder independiente que tiene como cometido fundamental el de resolver sus conflictos elevando a la vez la confianza y el respeto de los ciudadanos hacia su Administración de Justicia.

Estos Gabinetes se hallan al servicio exclusivo del Poder Judicial, bajo la dirección del Presidente del TSJ, y desarrollan las actividades informativas y de relación con los medios de comunicación.

En el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia este servicio permite a los periodistas contar con fuente oficial fiable y contrastar las informaciones que afectan a la justicia . Además esta oficina, y esta es una destacable singularidad de la Región, pionera en el ámbito nacional, cuenta con el apoyo de los secretarios judiciales que, de acuerdo con la Instrucción 1/2007 del Secretario de Gobierno, están llamados a atender las consultas que se formulen a través del cauce institucional del Gabinete de Comunicación.

Pero, como se pone de manifiesto en las Conclusiones de los 17 Presidentes de los tribunales superiores de justicia, en un encuentro celebrado en Burgos los días 18 a 20 de junio de 2007, a pesar de los éxitos de esta política de transparencia, se detectan algunas disfunciones que deben ser corregidas: la vulneración generalizada, sin consecuencias, del principio general de reserva de la instrucción penal no declarada secreta; el valor de la información judicial para sustentar programas no estrictamente informativos sino de entretenimiento; los juicios paralelos; el acceso de los medios de información a los edificios judiciales para la captación de imágenes de imputados, testigos..., con o sin su autorización, lo que motiva aglomeraciones y escenas poco acordes con la dignidad de las personas y la imagen de seriedad que debe transmitir la Administración de Justicia.

Es cierto que la problemática no es generalizable en toda España. Su tratamiento exigiría partir de cierta asimetría, y en lo que a nuestra región afecta algunos de estos problemas vienen siendo solventados gracias a la labor del Gabinete de Comunicación. Ahora bien, sin perjuicio de la voluntad, empeño y convicción que podamos tener por diseñar y proyectar una política de información judicial transparente, la importancia de estas cuestiones requiere unas reglas claras que protejan todos los derechos en juego.

Es por ello que junto con el resto de Presidentes de los tribunales Superiores considero que las relaciones entre la prensa y los órganos judiciales deben contar con un marco normativo estable y seguro de pautas de comportamiento tanto para los órganos judiciales como para los medios de información. Mientras esto no ocurra es responsabilidad de todos velar porque la sociedad reciba una información judicial completa y veraz, protegiendo los derechos de todas las partes del proceso.

No se trata postergar las libertades de expresión e información, pero sí proteger el derecho fundamental a la imparcialidad del juez como bien digno de protección, el juicio justo y la presunción de inocencia. Un Juicio paralelo -entendido como el conjunto de informaciones aparecidas a lo largo de un periodo de tiempo en los medios de comunicación, sobre un asunto sub iudice, a través de los cuales se efectúa por dichos medios una valoración sobre la regularidad legal y ética de las personas implicadas en los hechos sometidos a investigación judicial- no deja de ser una valoración que se convierte ante la opinión pública en una suerte de proceso.

Los juicios paralelos constituyen actuaciones de particulares. Y en este sentido, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reiteradamente viene afirmando -sobre todo a partir de su sentencia en el caso Sunday Times y más reciente en el caso Word- que es conforme a las disposiciones del Convenio para la protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales (Roma, 1950) el recurso a las sanciones de aquellas conductas que atenten contra la imparcialidad del Poder Judicial, y, sobre todo, contra el derecho del acusado a un juicio justo e imparcial.

La realidad sociológica del juicio paralelo puede verse como un dato consustancial a sociedades de la información, pero, de producirse, aquel debe hacerse sobre la base del respeto absoluto, fundamentalmente, en el proceso penal, al derecho a la presunción de inocencia. Más allá de responsabilidades legales, es una cuestión de compromiso y respeto de los derechos fundamentales por parte de todos (poder judicial, administraciones públicas, medios de comunicación y operadores jurídicos).

También en dicha reunión los 17 Presidente de tribunales superiores de justicia reflexionamos sobre las reformas del proceso penal. Convergimos en la idea de que resulta inaplazable una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, que sea fruto del consenso de las principales fuerzas políticas, puesto que, como se detalla en las conclusiones citadas «la creciente complejidad de las relaciones sociales y económicas, el incremento de las actividades de riesgo propias de las sociedades altamente desarrolladas o la internacionalización de la actividad criminal, son, entre otros, factores que evidencian la necesidad de articular respuestas procesales y orgánicas adecuadas». La sociedad española demanda un proceso penal rápido, eficiente y garantista y, en ese marco, los Presidentes reiteramos la necesidad de una Policía Judicial dependiente, tanto funcional como orgánicamente, de jueces y fiscales y que la asignación de funciones investigadoras al Ministerio Fiscal -en el supuesto de que se estimase aconsejable-, tendría que llevarse a cabo con absoluto respeto a las funciones instructoras, competencia exclusiva de los jueces. Además, frente a la alarmante situación que atraviesa una parte significativa de Juzgados y tribunales de la Administración de justicia en España generada por el número de vacantes de secretarios judiciales y funcionarios de justicia, y en esto la Región no es una excepción, los Presidentes de los tribunales superiores de justicia de las 17 Comunidades autónomas pusimos también de manifiesto en Burgos la gravedad del problema que se plantea por esta causa para la eficiente prestación del servicio en la Administración de Justicia.

Reclamamos pues de las administraciones competentes, fundamentalmente Ministerio de Justicia y Comunidades Autónomas con competencias transferidas, una mayor y más eficaz implicación para diseñar e implantar soluciones definitivas a lo que constituye ya un viejo problema: la modernización de la oficina judicial y la cobertura del personal no judicial por funcionarios de carrera en todo el territorio del Estado. ¿Qué se haga justicia!, piden los ciudadanos, y qué sea de calidad, pedimos además desde la Administración de Justicia. La lentitud de la justicia se convierte en insoportable desde el momento en que el ciudadano la percibe como cosa de todos, y no sólo de los usuarios o de los que actuamos como operadores del sistema.

Ahora bien, la lentitud de de la justicia en nuestra Comunidad Autónoma va dejando de ser un diagnóstico habitual y generalizable, dejando paso a otra preocupación: contribuir, día a día, a fortalecer la legitimidad social de la justicia , a hacerla más eficiente, con más calidad, pues sólo así provocará más confianza y credibilidad en el ciudadano. Siendo dos cosas distintas, Poder Judicial como Poder del Estado y Administración de Justicia como Servicio Público, precisan para el cumplimiento de los fines constitucionales que les guían y conforman (seguridad jurídica, tutela judicial efectiva, independencia judicial, hacer realidad, en definitiva, el valor de la justicia en un Estado de Derecho) de una seria y comprometida inversión en justicia , cuestión inaplazable en nuestra Región.

Juan Martínez Moya

es presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia

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