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efe
Martes, 23 de mayo 2017, 11:24
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia confirmó la resolución de la entonces Consejería de Industria del Gobierno murciano que en febrero de 2014 impuso una multa de 71.000 euros a los propietarios de una finca ubicada en Abanilla por consentir una escombrera ilegal.
La sentencia señala que la sanción fue impuesta por una infracción grave de la Ley de Minas, tras considerar probada la existencia del vertedero, que carecía del proyecto y plan de gestión correspondiente y sin haber ofrecido tampoco las garantías suficientes para la restauración del espacio natural afectado.
En su recurso, los propietarios, que son dos hermanos, alegaron que los terrenos los tenían arrendados, por lo que ellos no eran responsables de la existencia de la escombrera.
La administración regional, al oponerse a la estimación del recurso, expuso que la escombrera objeto del expediente sancionador no está ubicada sobre ninguno de los terrenos arrendados a distintos explotadores.
Además, recogió que los propietarios no habían puesto en comunicación de la Consejería la existencia de los contratos de arrendamiento alegados.
La sentencia, que tiene como ponente al magistrado Indalecio Cassinello, dice al desestimar el recurso que "queda acreditado que los recurrentes son propietarios en pleno dominio de las parcelas en las que se ubica la escombrera ilegal, sin que por estos se hayan denunciado los vertidos o puestos los mismos en conocimiento de la administración".
Y añade que "aunque no haya quedado probado que sean los autores materiales de los vertidos, sí que resulta acreditada su participación en la infracción por la que resultan sancionados y su responsabilidad en concepto de cooperadores de la infracción grave".
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