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Los concejales de PSOE, MC, PP y Ciudadanos votan a favor de la revisión del Plan General, en el Pleno del 30 de junio de 2016. Solo Podemos se opuso.
El TSJ tumba la revisión del Plan General y aboca al Ayuntamiento a rehacerlo a fondo

El TSJ tumba la revisión del Plan General y aboca al Ayuntamiento a rehacerlo a fondo

Da la razón a una empresa de Madrid y concluye que el Pleno «contravino» el fallo que declaró nula la tramitación urbanística

José Alberto González

Sábado, 18 de febrero 2017, 01:08

Es el tercer y probablemente definitivo revés judicial al Ayuntamiento y a la Comunidad Autónoma, porque no solo desaprueba la forma en que ambas administraciones aprobaron los nuevos usos del suelo a tres décadas vista, sino también la manera en que reaccionaron a los dos varapalos legales anteriores. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia anuló ayer la revisión 'exprés' del Plan General Municipal de Ordenación Urbana (Pgmou) de 2012 iniciada el pasado verano por el Consistorio, que en lugar de elaborar una nueva normativa desde el principio optó por una vía abreviada como respuesta a la sentencias del propio TSJ que, en 2015, anuló la normativa por numerosos y graves defectos en la tramitación.

  • 2015.

  • En mayo, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) da la razón a Emasa, empresa de Tomás Olivo, y anula la aprobación en 2012, por parte de la Comunidad, de la revisión del Plan General de Cartagena.

  • 2016.

  • En junio, el Supremo ratifica la sentencia del TSJ. Ese mismo mes, el Pleno del Ayuntamiento aprueba la revisión del Plan.

  • 2017.

  • Ayer, el TSJ da la razón a Cecop y anula el acuerdo del Pleno.

Ni siquiera el hecho de que en 2016 el Tribunal Supremo ratificó la decisión de los magistrados de Murcia y echó abajo el Plan, al que dio su visto bueno definitivo la Consejería de Obras Públicas (ahora de Fomento), llevó al Consistorio a reelaborar la normativa desde el principio. A eso se verá abocado ahora, casi con toda seguridad, la administración local, que tuvo el respaldo del Gobierno autonómico en 2016 a la revisión rápida, para intentar dotar al municipio de una regulación actualizada lo antes posible y dejar en una anécdota la obligación de regirse de nuevo por el plan de 1987.

Como adelantó 'La Verdad' en su edición digital, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ (en una decisión que puede ser recurrida ante el propio tribunal en el plazo de cinco días) estimó ayer el incidente de ejecución de sentencia instado por la empresa madrileña Cecop SA, propietaria de terrenos en la zona de Los Urrutias, junto al Mar Menor. En este pleito, contestado por el Ayuntamiento y la Consejería de Fomento, la empresa ha logrado que se anule el Pleno del Ayuntamiento del 30 de junio de 2016, que puso en marcha la revisión del plan tras las sentencias del TSJ y del Supremo.

El fin era «eludir la sentencia»

La citada compañía, que se considera perjudicada por cambios urbanísticos en dos unidades de actuación donde promovió más de 300 viviendas, recurrió al entender que el Pleno del Ayuntamiento buscó una fórmula legal para desobedecer la sentencia regional de 2015. El tribunal, presidido por la magistrada María Consuelo Uris, ha acogido los argumentos de la promotora inmobiliaria y ha dejado sin efecto una resolución promovida por el Gobierno municipal, formado por Movimiento Ciudadano y PSOE, y que recibió el apoyo de Ciudadanos y del Partido Popular. Solo el Grupo Municipal Cartagena Sí Se Puede (Podemos) se opuso a esta estrategia, defendida a capa y espada por el alcalde y concejal de Urbanismo e Infraestructuras, José López (de MC), como la mejor forma de dotar cuanto antes al municipio de un plan adaptado a sus necesidades de desarrollo y al avance legislativo de tres décadas; eliminar incertidumbres económicas; así como evitar la inseguridad jurídica.

El primer edil insistió en las ideas de que el Plan cayó por aspectos formales atribuibles no a los técnicos municipales, sino a un mal proceder de la Administración autonómica. López, que ayer rechazó hacer declaraciones y que a través de un portavoz se remitió a un comunicado del Consistorio y a lo que pueda comentar la próxima semana tras hablar con los técnicos, tiene que cargar ahora con el revolcón del TSJ al acuerdo que él mismo llevó al Pleno, que además preside.

La resolución lo expone con esta contundencia: «El acuerdo plenario no solo tiene por finalidad eludir el cumplimiento de la sentencia, sino que la contraviene al someter a información pública un instrumento de planeamiento cuya nulidad ha sido declarada por sentencia firme. Ya en el auto de 26 de junio de 2015 se razonó que lo que es nulo no produce ni puede producir efecto alguno, y es nulo desde su inicio hasta su fin. Por tanto, el Ayuntamiento de Cartagena puede acordar lo que proceda para dotar al municipio de un instrumento de planeamiento general, pero no partiendo de una disposición declarada nula».

Los magistrados, que se apoyan en fallos del Supremo sobre la «nulidad radical» y citan a Marbella (Málaga), localidad famosa por su urbanismo ilegal, añaden: «No corresponde a esta Sala determinar el contenido de un Plan General para el municipio de Cartagena, ni señalar a esa corporación municipal cómo debe elaborarlo ni cuál ha de ser su contenido, ni pronunciarse sobre si ha de partirse ahora 'de cero' en la elaboración del plan. Pero lo que no es admisible es la utilización de un plan declarado nulo para seguir con los trámites necesarios para su aprobación, pues esa nulidad es insubsanable».

El primer edil recibió el respaldo expreso del presidente de la Comunidad Autónoma, Pedro Antonio Sánchez, y de la Consejería que dirige Pedro Rivera, a abrir un periodo de información pública de dos meses para solicitar alegaciones y realizar subsanaciones. Incluso Fomento creó una mesa técnica de coordinación.

Quien sí cuestionó este camino, también ante el TSJ, fue la empresa Inmogolf, titular de terrenos en el complejo turístico La Manga Club, a través de otro incidente de ejecución no estimado. Además, tanto la Asociación de Naturalistas del Sureste (ANSE) como el colectivo ciudadano Asepucar y el empresario Tomás Olivo anunciaron que, de ser aprobada la revisión por la Comunidad, se irían a los tribunales.

Batalla inicial de Tomás Olivo

En el caso de Olivo, este conocido promotor (que tiene negocios en toda España) fue precisamente quien consiguió la sentencia que ahora el TSJ ve incumplida. Nada más ser aprobado el Plan en 2012, al ver rechazadas sus pretensiones por parte del Ayuntamiento y del Gobierno autonómico (gobernado entonces por el PP a través de Pilar Barreiro y Ramón Luis Valcárcel, respectivamente), Olivo planteó una batalla judicial múltiple a través de distintas sociedades. Una de ellas fue Emasa Empresa Constructora SA, que se vio perjudicada por modificaciones en el llamado Plan Parcial Rambla (la expansión de la ciudad más allá del estadio Cartagonova) y que se llevó la palma en los tribunales.

El nuevo golpe al Plan General puede suponer una lluvia de reclamaciones de indemnizaciones millonarias por parte de titulares de derechos urbanísticos, precisamente el efecto que pretendía evitarse prescindiendo de tramitación que se antojaba larga, compleja y costosa a nivel económico. La Justicia, sin embargo, ha recordado que las cosas se hicieron mal y que tomar un atajo y correr no era precisamente la mejor salida.

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