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MANUEL HERNÁNDEZ IGLESIAS
Viernes, 29 de enero 2010, 02:26
Separados pero iguales» es la expresión con la que se pasó a denominar la doctrina establecida por la Corte Suprema de los Estados Unidos de América en su célebre sentencia del caso Plessy contra Ferguson de 1896. Voy a resumir la historia porque es instructiva y creo que viene muy al pelo de la reciente polémica creada por la decisión de la Consejería de Educación de la Región de Murcia de renovar los conciertos educativos y, por lo tanto, la financiación pública, de centros docentes que admiten como alumnos sólo a chicos o sólo a chicas.
Tras la guerra de secesión y la abolición de la esclavitud, en el periodo conocido como Reconstrucción, se aprobaron una serie de leyes que prohibían la discriminación racial, entre ellas la importantísima Decimocuarta Enmienda a la Constitución, que establecía la igualdad de derechos de todas las personas. Sin embargo, a finales del siglo XIX, los Estados del sur aprobaron una serie de leyes segregacionistas que establecían servicios públicos diferenciados para blancos y negros, centros educativos incluidos, que vaciaron de contenido la recientemente proclamada igualdad racial.
Una de las cuestiones polémicas era la de si debían financiarse con fondos públicos los centros docentes segregados y, en 1890, el Congreso aprobó una ley para financiar la creación de nuevos centros de enseñanza superior en los distintos Estados. Dicha ley prohibía que los fondos previstos se destinaran a centros en los que hubiera distinciones de raza o color en la admisión de alumnos, pero añadía que «la creación y mantenimiento de tales 'colleges' de manera separada para estudiantes blancos y de color se considerará conforme a las disposiciones de esta ley si los fondos recibidos por el Estado o Territorio en cuestión se dividen equitativamente». O sea, que se podían financiar con los impuestos federales centros educativos donde se practicara la segregación racial siempre que blancos y negros recibieran lo mismo.
Esta doctrina obtuvo su principal respaldo a resultas del pleito interpuesto por Homer Plessy, apoyado por un grupo de defensa de los derechos civiles, contra una ley del Estado de Louisiana que obligaba a blancos y negros a viajar en separados en los trenes. Plessy provocó deliberadamente su detención sentándose en un vagón para blancos y negándose a cumplir la orden de abandonarlo. El caso llegó hasta el Tribunal Supremo que, en 1896, sentenció que la ley impugnada no contradecía la igualdad ante la ley proclamada por la Decimocuarta Enmienda. El razonamiento merece ser citado: «Consideramos que la falacia que subyace al argumento del demandante consiste en el supuesto de que la separación aplicada a ambas razas asigna una marca de inferioridad a la raza de color. Si esto es así, no es debido a nada presente en la ley, sino únicamente porque la raza de color decide darle esa interpretación».
Esta sentencia dio cobertura constitucional a la legislación segregacionista que estuvo vigente (incluso en las oficinas del propio Gobierno Federal) hasta tiempos más recientes de lo que se suele pensar. Concretamente hasta que en 1954 una sentencia del Tribunal Supremo, en el también célebre caso de Brown contra la Junta de Educación de Topeka (Kansas), declaró que «la doctrina 'separados pero iguales' no ha lugar en el campo de la educación pública. Las instalaciones educativas separadas son inherentemente desiguales». Con ello sentó las bases para la abolición de la legislación segregacionista en los Estados Unidos.
Por lo que se ve, en lo que a la segregación educativa por sexos se refiere, la doctrina de 'separados pero iguales' sigue vigente. Y nuestro Consejero de Educación, Constantino Sotoca, se ha revelado como uno de sus paladines. Porque no me dirán que su afirmación de que no hay ningún precepto legal que establezca que la educación diferenciada es discriminatoria por razón de sexo no parece sacada de la tristemente célebre sentencia de 1896 contra Plessy.
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